Pues la ley le da lugar a que usted haga le peticion. Sin embargo considere varios factores:
1-Si partimos de que uno vive en la casa (lo que es parte de una subsistencia con razonable dignidad) y que solo por eso ya no va a haber embargo, se tendria que el FSV o los bancos casi nunca embargarian nada, entonces los jueces son del criterio que le tocara alquilar o buscar posada, no se trata de algo que no pueda solucionar.
2- Alegue (si es su caso) que su clienta es una anciana/o tiene alguna invalidez sin trabajo, sin pension, sin ninguna entrada economica, y que apenas y saca para la comida, y que el usufructo que se pretende embargar no cubriria casi nada en caso de que se ejecutase (pero aqui tiene en contra que por si el contrario su cliente si puede trabajar, el juez va a fallar en su contra otra cosa ademas si usted es abogado particular -por que si tiene para pagar abogado, puede quizas conseguir para alquilar en algun lugar).
Pero usted intentelo, que asi es como se establecen precedentes, y tal vez tiene tiempo y comenta que paso, asi tomamos nota.
Pero Julio Cesar no lo vio.