Solamente diriges el escrito al juzgado de lo civil y mercantil competente, donde tuvo su último domicilio el causante, ahi el notario dirá que en tal fecha recibió el oficio procedente de la oficialia mayor de la corte, donde se le informó acerca de la promoción de diligencias de aceptación de herencia del causante tal y de su declaratoria de yacencia y con base a tal disposición es procedente remitir las diligencias a su digna autoridad.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.