A propósito de la interpretación de leyes

28 May 2012 15:44 - 28 May 2012 15:47 #1 por Lic. Miguel Solís
A propósito de la interpretación de leyes Publicado por Lic. Miguel Solís
Miguel Marienhoff, en su "Tratado de Derecho Administrativo", al comentar las funciones esenciales del Estado, dice lo siguiente, a propósito de las funciones judiciales: "el órgano judicial la interpreta (la ley) y aplica, cuando se suscitan controversias o conflictos respecto a lo que se ha hecho u omitido bajo su imperio." (Tomo I, título I, n. 2)
Por supuesto, en el numeral 5º del art. 131 de nuestra Constitución define que es competencia de la Asamblea Legislativa "interpretar auténticamente" las leyes secundarias.
Ahora bien, toda aplicación de una normativa legal es, por sí misma, "una interpretación", por lo que, tal como lo dice el doctrinario citado, corresponde al Órgano Judicial interpretar la ley, ante todo la aplicación. Sin embargo, como lo establece la Ley Primaria, le corresponde al Órgano Legislativo la "auténtica" interpretación. Ello no delimita que no existan las interpretaciones de las leyes secundarias por parte de los tribunales, como bien lo ha recordado la Honorable Sala de lo Contencioso Administrativo: "Debe recordarse que la interpretación de una norma es una operación cognoscitiva mediante la cual se busca desentrañar su espíritu y significado. Esto no puede realizarse de forma abstracta o aislada, sino integrada en el contexto del cuerpo normativo a que pertenece y de manera sistemática." (Sentencia del 9-X-2003, Ref. 83-D-2000)
Este tipo de valoración, tomado de la normativa positiva, provee acertivamente el "espíritu del legislador", sobre todo en la interpretación analógica de las leyes.
El uso de esta metodología es muy aplicable en el Derecho Administrativo, sobre todo por los casos en los que hace referencia el art. 5 LACAP, en el que los principios serán la finalidad de esta ley y las características doctrinarias del Derecho Administrativo.

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28 May 2012 20:17 #2 por jcrodezno
Respuesta de jcrodezno sobre el tema Re: A propósito de la interpretación de leyes
Excelente aporte.
A veces se nos olvida que los juzgadores al final basan sus fallos y sentencias en la interpretación personal que hacen de una norma jurídica.
Aún y cuando no estemos de acuerdo con la interpretación que se hace, no significa que el juzgador haya actuado más allá de sus facultades.
Excelente aporte Lic. Solis.
Bendiciones.
El siguiente usuario dijo gracias: Lic. Miguel Solís

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28 May 2012 20:30 #3 por Lic. Miguel Solís
Respuesta de Lic. Miguel Solís sobre el tema Re: A propósito de la interpretación de leyes
Te agradezco tu comentario jcrodezno.
Bendiciones para ti también.

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