Le presento una consulta sobre una situación de herencia intestada en El Salvador que requiere orientación legal.
HECHOS:
- Mi esposa es originaria de El Salvador
- La abuela materna de mi esposa (Gladys) era propietaria de una casa en El Salvador
- Gladys falleció en 2022 sin dejar testamento
- Gladys dejó 4 hijos: 3 hijas y 1 hijo
- La madre de mi esposa (una de las hijas de Gladys) falleció ANTES que Gladys
- La madre de mi esposa dejó solo 2 hijas, una de ellas es mi esposa
- Por lo tanto, mi esposa tiene derecho a heredar la quota que hubiera correspondido a su madre
EL PROBLEMA:
- Una de las hermanas de la madre de mi esposa entró en la casa sin permiso de los demás herederos
- Esta hermana ha ocupado la casa de forma exclusiva desde que Gladys falleció
- Ella vive en la casa hasta el día de hoy, impidiendo que los demás herederos ejerzan sus derechos
- Los otros herederos no quieren exigir sus derechos, pero mi esposa sí desea hacerlo
PREGUNTAS:
1. ¿Cuál es el procedimiento legal en El Salvador para que mi esposa sea reconocida como heredera (por representación de su madre)?
2. ¿Cuál es el proceso para obligar a la ocupante a desocupar la propiedad?
3. ¿Puede mi esposa exigir indemnización por el uso exclusivo del bien durante este tiempo?
4. ¿Qué pasos debe seguir para iniciar el proceso sucesorio?
5. ¿Necesita obtener conformidad de los otros herederos para proceder?
Agradezco de antemano cualquier orientación sobre este caso de herencia intestada.