Hola. Quisiera que comentaran sobre el tema de las lotificaciones. Específicamente porqué tiene que ser el comprador de un lote el que pague en el Registro de la Propiedad el plano, no tienen estos que estar ya registrados al momento de empezar a vender lotes? Por favor necesito de sus comentarios. Gracias
LA LOTIFICACION INICIA CON LA PRESENTACION DEL PLANO DE LA LOTIFICACION JUNTAMENTE CON COPIA DE ESCRITURA Y LA DOCUMENTACION DEL DUEÑO DEL INMUEBLE JUNTO CON EL INGENIERO ENCARGADO AL VICEMINISTERIO DE VIVIENDA PARA QUE SE APRUEBE EL PROYECTO Y ESTO TRAE APAREJADO EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL JUNTAMENTE Y OTROS ESTUDIOS QUE PIDE EL VICEMINISTERIO UNA VEZ APROBADO EL PROYECTO QUE POR CIERTO ES MUY TARDADO LUEGO PASA AL CNR A LA SECCION DE CATASTRO EN DONDE SE PIDE QUE SE APRUEBE LOS PLANOS EN PROCESO DE DESMEMBRACION EN CABEZA DE SU DUEÑO EN DONDE SE LE ASIGNA A CADA LOTE UNA MATRICULA Y SU RESPECTIVO PLANO POR LO QUE ESTA APROBACION QUEDA APROBADO EL PROYECTO DE ESTA LOTIFICACION LUEGO SE REALIZA LA ESCRITURA DE DESMEMBRACION EN CABEZA DE SU DUEÑO Y SE PRESENTA AL REGISTRO Y UNA VEZ INSCRITO SE PUEDE VENDER Y EN CADA VENTA DE LOTE SE PUEDE ANEXAR UNA COPIA DE LA APROBACION DEL PLANO POR CATASTRO Y SOBRE LO QUE MENCIONAS EL CLIENTE NO TIENE QUE PAGAR EL DERECHO DEL PLANO EN CATASTRO NI PRESENTAR NADA PORQUE ES RESPONSABILIDAD DEL DUEÑO DE LA LOTIFICACION O SU ADMINISTRADOR QUE LO HAGA LO QUE PAGA EL COMPRADOR ES LA INSCRIPCION DE SU LOTE EN EL REGISTRO Y LA ESCRITURA, Y SI ESTAN PIDIENDO QUE EL COMPRADOR LO HAGA ES PORQUE ES UNA LOTIFICACION PIRATA, ESPERO QUE TE SIRVA ESTA INFORMACION
WALDO2173
El siguiente usuario dijo gracias: Yaky, karlorena, Pirinola
Gracias Waldo por tu respuesta, me sacó de muchas dudas. Tengo otra interrogante...qué es lo más conveniente hacer cuando sé que es una lotificación ilegal,y me quieren hacer pagar la inscripción del plano en el registro? sí me van a dar las escrituras pero quieren que pague el plano, qué hago?
uno no debe de pagar los planos debido a que desde el momento en que se van pgando las cuotas del inmueble o lote a adquirir ahi va inmerso los gastos de administracion de la lotificacion sus obras a realizarse y el valor del lote por lo que lo unico a pagar es el derecho a la escritura solo que esta no va a ser inscrita debido a que es una lotificacion pirata y es de recordar que por ley solo se tiene derecho arealizar tres segregaciones mas el resto es decir cuatro ventas de todo el inmueble en donde se esta realizando la lotificacion pirata ademas cuando se solicite la aprobacion de plano o segregacion del lote , se realizara una inspeccion del lugar y al verificar que es lotificacion van a observar el plano, diciendo que se hagan las gestiones pertinentes al caso es decir que hagan la lotificacion y que tambien ya tiene mas tres ventas, por eso no se debe pagar el plano porque es responsabilidad del que administra la lotifiacion que haga esto solo es de pagar la escritura deventa y los derechos registrales, espero te sirva esta informacion
WALDO2173
El siguiente usuario dijo gracias: JURISTA, karlorena, Pirinola
Waldo, gracias por tu aporte, hoy tengo la seguridad de que no debo pagar los planos. Fíjate que fuí al Registro y la supuesta lotificación tiene la categoría de antígua lotificación, pregunté en el Registro y nadie me pudo explicar con certeza qué significa. Me puedes ayudar?
si tiene la caracteristica de antigua lotificacion es porque catastro lo ve asi es decir que la primera venta realizada fue antes de 1994 de acuerdo a los criterios que tiene catastro pero eso si tiene que existir varias ventas y que estas lotificaciones fueron formadas antes de 1994, lo que tienes que hacer es solicitar audiencia con el jefe de catastro en donde esta ubicada la lotificacion es decir en el cnr de la jurisdiccion donde esta ubicdado el inmueble y le preguntas a el que paso debes seguir si debes presentar plano o que para eso debes de llevar una copia de la escritura de donde esten realizando la lotificacion o al menos el numero de inscripcion o matricula con esto el te dira si ellos la ven como lotificacion antigua o que pero antes podes averiguar en las computadoras del registro cuantas ventas tiene o prestas el libro y verificas, pero de acuerdo a los lineamientos de fraccionamientos o parcelaciones a partir del 26 de 0ctubre de 2009 SI ESTA LOTIFICACION ESTA CATALOGADA COMO ANTIGUA NO SE DEBE PRESENTAR A CATASTRO PLANO APROBADO POR EL VMVDU, OPAMSS, ALCALDIAS, Y LO UNICO A PRESENTAR ES EL PLANO DEL LOTE QUE SE PRETENDE INSCRIBIR, esto esta en el apartado VI de los lineamientos del cnr y te los pueden dar los de catastro, espero que te sirva esta informacion
WALDO2173
El siguiente usuario dijo gracias: karlorena, Pirinola, maryyyy
Gracias Waldo!! Fíjate que fuí al Registro y efectivamente la lotificación existe desde antes del año 1994, sí hay unos cuantos lotes que ya tienen escrituras registradas. El inmueble está clasificado como antigua lotificación, pero hay algo que no entiendo, es o no es una lotificación?,en el registro no son muy amables para explicar. El inmueble general está hipotecado, y hay varias familias a las que no les han dado sus escrituras, aún cuando ya pagaron. Es un inmueble general que tiene una sola matrícula y lo que han ido haciendo es desmenbrando y generando matriculas por cada lote, lo que no entiendo es una prevensión que les ha hecho el registro al presentar unas escrituras pidiendo cancelaciones parciales de la hipoteca por tres lotes para su inscripción, la prevensión consiste en que en cada escritura no se mencionan los números de matrícula de cada lote. En el registro me dijeron que hay que presentar el plano de cada lote, este plano tengo que pagarlo o es lo mismo que tú me decias, en la lotificadora me lo están cobrando.
es una lotificacion antigua porque asi lo cataloga catastro al registro no debes preguntar porque es catastro el que cataloga si es antigua o no y si esta hipotecado el inmueble el dueño tiene que solicitar la cancelacion parcial del inmueble al registro para que estas se puedan inscribir y si es necesario presentar planpo no dbes pagarlo tu porque para eso se ha cancelado el inmueble y ellos los administradores o el dueño debe de colaborar y hacer el tramite de los planos por lote para que despues se presenta al registro y se inscriba y como el inmueble solo tiene una sola matricula general es la que se debe mencionar por que no existe escritura de desmembracion en cabeza de su dueño en donde estan tiodas las matriculas por eso solo se debe mencionar bajo que matricula esta registrado el inmueble general
Muchas gracias Waldo!!! ha sido de mucha ayuda tu aporte, me despejó muchas dudas e interrogantes, es un gusto encontrar en este foro a profesionales como tú.
DE NADA PARA ESO SE CREO ESTE FORO PARA QUE COMPARTAMOS NUESTROS ESTUDIOS, CAPACIDADES Y NUESTRO PROFESIONALISMO Y LO QUE HEMOS APRENDIDO ESPERO QUE TE HAYA AYUDADO Y SERVIDO DE MUCHO CUIDATE MUCHO
Tengo un caso similar, investigué en Registro y me envió a Catastro, ahí me dijeron que el cliente es quien debe hacer el plano y llevarlo al Viciministerio de Vivienda, para que catastro apruebe el plano, mi pregunta es cuanto se paga en el Viceministerio y que tiempo se tarde en salir el plano para llevarlo a Catastro que lo inscriban??
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8