buenos días colegas, en cuanto a los pagares sin protesto y q aun no han vencido el plazo en el pactado para volverlo exigibles ¿q método seria el idóneo para judicializar?
Si hablamos de los pagarés, el tenedor del mismo deberá presentarlo para su pago el día de su vencimiento, o en uno de los dos días hábiles siguientes. La prescripción de las acciones cambiarías de un pagaré contra el aceptante, prescriben a los tres años contados desde la fecha del vencimiento
Respuesta de jorge rodriguez sobre el tema asesoria
hola, creo que tu te refieres a que tipo de proceso utilizar para hacer efectivo ese titulovalor, en ese caso seria un proceso ejecutivo, pero tienes que esperar que exista incumplimiento en el pago, para entablar la demanda.
Respuesta de fatimavalenzuela sobre el tema asesoria
Si, sería un proceso ejecutivo, la cuestión es que el pagaré tiene plazo para 120 meses los cuales vencen el 2026 porque fueron suscritos en el 2016. Pero como el plazo aún esta vigente, de que manera puedo hacerlos vencer para exigir la obligación si estos no tienen cláusula de plazo vencido.