Buenos días el caso que expongo es el siguiente: resulta que en un accidente de transito hay daños materiales y personales, la policía hace la inspección y en sus conclusiones determinan que mi cliente ha sido el responsable por haber infringido la ley de transito, es así que en sede fiscal entrevistan a testigos que afriman lo contrario y por tal motivo la FGR invierte los papeles y mi cliente tiene la calidad de victima, pero el caso no se judicializa porque no autorizan el ejercicio de la acción penal y el caso se archiva en sede fiscal; por tal motivo inicie las diligencias conciliatorias de transito pero la solicitud me la declararon improponible porque hubo daños personales. espero sus comentarios que me ayuden a superar este impase... buen dia