Buenas noches colegas, solicito de su valioso apoyo en el siguiente caso:
La Sra. xxx (fallecida) otorgó testamento, en el cual instituyó como herederas universales a la madre de la causante y a su nieta, además instituyó legado por partes iguales (50%) de la nuda propiedad sobre un inmueble de su propiedad, para las personas antes mencionadas, y además legó el usufructo de mismo a una hija de la causante.
Tengo duda sobre la manera de tramitar la aceptación del legado de la nuda propiedad y del usufructo ¿puede hacerse vía notarial o necesariamente tiene que ser vía judicial?
En el caso que los legatarios de la nuda propiedad quieran vender el inmueble también debe vender el legatario del usufructo, o este último puede repudiar el usufructo?
Adicionalmente, abuso de su gentileza solicitándoles compartirme modelo de las diligencias vía judicial o notarial.
Última Edición: 09 Ene 2019 21:00 por Estela Silva. Razón: por error en el tema
No se comprende muy bien tu caso; pero, te puedo decir, que lo que define si puedes seguir las diligencias via notarial, es que entre los presuntos herederos no se encuentren incapaces.
Ahora bien, para hacer la tradición de los legados, lo primero es que los herederos testamentarios hayan aceptado la herencia; y habiendo sido declarados herederos, en dicha calidad, compareceran ante notario a otorgar el acto.
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."