Voy a iniciar un Juicio de Partición de un inmueble que se encuentra en Proindivisión. Pero la persona demandada se encuentra en el extarnjero. Y mi represantada no tiene la escritura original. La pregunta es: Se puede presentar solo la Certificación Literal expedida por el CNR o será necesario solicitar y Testimonio en la CSJ????
Fijate que aunque parezca mentira lo que te voy ha decir todo depende Juzgado,pues en m pocai experiencia he comprobado que si bien cada juzgado se apega a la legalidad cada juzgado tiene sus formatos y criterios.Pues se supone que amabos documentos contienen la misma informacion utilal proceso pero como se entenderia que el testimonia es la copia "fiel" de la escritura es cuestion de criterio.
no se podría obligar a su representada que tenga el testimonio original, en su defecto esta solicitar el testimonio a la corte o la certificación literal al cnr,en ambos casos se les anexara la hoja de la razón de su extensión, ambas son fiel con su original, debería de aceptarla, máxime si se hace alusión al principio de economía procesal.-
Tiene que ir a la Sección del Notariado a solicitar el testimonio de la Compraventa y llevarlo al CNR para que le pongan la razón y constancia de inscripción; ademas de este documento en los Juzgados debe presentar la Certificación Extractada para verificar los gravámenes o restricciones que pudiera tener el inmueble.