ayuda urgente por favor

14 Nov 2017 14:43 #1 por Yulieth Fuentes
ayuda urgente por favor Publicado por Yulieth Fuentes
perdonen que lo moleste pero a mi me falta la experiencia y tengo una duda donde nosotros vivimos mi abuelo se lo dio a mi papá pero sin ningún documento que acredite que era para el lo mismo a pasado con el resto de terreno que tiene mi otro tío ahora bien no se aún a nombre de quien está este terreno pero según dicen sigue a nombre del abuelo pero uno de los otros hijos que el tuvo con otra señora dice que el tiene la escritura de aqui y que el no nos ha sacado de la casa porque no quiere y no le a quitado el terreno al tío porque no quiere ahora la pregunta es mamá tiene más de treinta años de estar aquí se podría pelear por prescripción adquisitiva la casa donde vivimos y en el caso de mi tío con el terreno pegado a la casa donde vivimos nosotros que se puede hacer tengo esa duda talvez alguien me puede orientar por favor ya ni construir queremos por ese detalle de la casa.

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14 Nov 2017 15:19 #2 por cluster
Respuesta de cluster sobre el tema ayuda urgente por favor
consulte en el CNR en la seccion de indice con el nombre de de su abuelo si esta inscrito a nombre de el. deberan seguir diligencias de aceptacion de herencia. Lea el 988 del codigo civil. y la parte relativa del codigo de familia sobre la aceptacion de herencia.

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14 Nov 2017 15:51 #3 por Lober
Respuesta de Lober sobre el tema ayuda urgente por favor
Definitivamente, es un buen comienzo averiguar en el CNR si los inmuebles se encuentran inscritos aún a favor de su abuelo. Si aún lo está, pueden iniciar las diligencias de aceptación de herencia, tanto su padre como su tío; y por supuesto deben mencionar que existe otro heredero, el cual debe de ser citado para que también acepte herencia. Si ya está a nombre de ese tercer hijo, en el CNR podrá averiguar cual fue el título traslaticio de dominio que presentó para la inscripción a su favor. Si fue por traspaso por herencia, allí encontrará si fue vía notarial o judicial; y hace cuanto tiempo fue declarado. Esto con el objeto de adherirse a la aceptación; y que su padre y tío también sean declarados herederos. En este caso, debe tomar en cuenta la fecha en que falleció su abuelo, por los efectos de la prescripción.
Sobre su pregunta sobre la prescripción adquisitiva de dominio, a favor de su madre, por tener la posesión por mas de treinta años; recuerde que en un juicio siempre tiene que existir legítimo contradictor; en su caso, el legítimo contradictor ya falleció, por lo que la acción se debe ventilar a sus herederos declarados; si ya fue el tercer hijo declarado como tal, se podría intentar en su contra; pero, hay que tomar en cuenta la prueba idónea para este tipo de juicios, (posesión, quieta, pacífica e ininterrumpida y que su madre no haya reconocido como dueño a su abuelo en esos 30 años); esto último es un poco difícil, pues su madre se encuentra en esa casa, por ser la esposa del hijo del anterior dueño; y la contra parte puede alegarlo.
Suerte

El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."

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