Embargos pueden cederse???

14 Nov 2017 14:23 #1 por diegohalbo
Embargos pueden cederse??? Publicado por diegohalbo
Pues eso... resulta que hay un terreno y este tiene dos embargos (prioridad uno y dos) bueno los que han embargado con prioridad 1 don parientes míos y ellos me quieren vender o ceder sus derechos sobre el embargo y de ahí mi duda.
Realmente ellos pueden cederme? Es decir si yo les pago o compro ... puedo luego ejecutar el embargo Com o si fuera mío?
O si yo les pago me tocará hacer otro proceso en registro? De ser así preservaria la prioridad 1 o yo paso a prioridad 2 y el embargo con prioridad dos pasaría a ser prioridad 1?

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14 Nov 2017 16:15 #2 por Lober
Respuesta de Lober sobre el tema Embargos pueden cederse???

diegohalbo escribió: Pues eso... resulta que hay un terreno y este tiene dos embargos (prioridad uno y dos) bueno los que han embargado con prioridad 1 don parientes míos y ellos me quieren vender o ceder sus derechos sobre el embargo y de ahí mi duda.
Realmente ellos pueden cederme? Es decir si yo les pago o compro ... puedo luego ejecutar el embargo Com o si fuera mío?
O si yo les pago me tocará hacer otro proceso en registro? De ser así preservaria la prioridad 1 o yo paso a prioridad 2 y el embargo con prioridad dos pasaría a ser prioridad 1?


Lo que sucede es que no se cede el embargo; sino el crédito litigioso. Esto significa que Usted pasaría a ser el actor en ese juicio donde se trabó el embargo y fue inscrito primero; manteniendo su prioridad de pago ante el segundo acreedor. Pero recuerde, que este tipo de cesiones, deben ser notificadas al deudor, por el juzgado que se encuentra conociendo del juicio, ya que el acreedor, podría oponer una excepción de pago a los acreedores originales; y usted, estaría en problemas.

El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."
El siguiente usuario dijo gracias: diegohalbo

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14 Nov 2017 17:07 - 14 Nov 2017 17:08 #3 por diegohalbo
Respuesta de diegohalbo sobre el tema Embargos pueden cederse???
ya que el acreedor, podría oponer una excepción de pago a los acreedores originales; y usted, estaría en problemas.
Esta parte no me queda claro se refiere al segundo acreedor? en el caso la deudora es familiar mío... en ese caso no tendría problemas...pero no se si el segundo en prioridad puede exigir algo o oponerse?

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15 Nov 2017 09:50 #4 por Lober
Respuesta de Lober sobre el tema Embargos pueden cederse???
Si disculpe la confusión, es el DEUDOR o DEUDORA en su caso, la que podría oponer una excepción de pago. Pero, ya que menciona que la deudora es familiar suyo, no veo inconveniente a que sus otros familiares (acreedores 1) le cedan sus derechos litigiosos. Y como le mencioné antes, la prioridad no la pierde, pues fue el de sus parientes el primer embargo trabado en el inmueble.

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16 Nov 2017 08:36 #5 por diegohalbo
Respuesta de diegohalbo sobre el tema Embargos pueden cederse???
Gracias amigo

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21 Nov 2017 11:09 - 21 Nov 2017 11:09 #6 por diegohalbo
Respuesta de diegohalbo sobre el tema Embargos pueden cederse???

Berrioss escribió: Si disculpe la confusión, es el DEUDOR o DEUDORA en su caso, la que podría oponer una excepción de pago. Pero, ya que menciona que la deudora es familiar suyo, no veo inconveniente a que sus otros familiares (acreedores 1) le cedan sus derechos litigiosos. Y como le mencioné antes, la prioridad no la pierde, pues fue el de sus parientes el primer embargo trabado en el inmueble.


Sólo una última ayuda ... Q artículos de ley me amparan en esta pretensión?

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21 Nov 2017 12:25 #7 por Lober
Respuesta de Lober sobre el tema Embargos pueden cederse???
Arts. 1701 y 1702 C.C.

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