Notarial

20 Jul 2017 18:48 #1 por Joda
Notarial Publicado por Joda
¿Que pasaria si al equivocarse en el orden correlativo del protocolo se emiten testimonios que se inscriben en el registro se enmienda el protocolo pero no el testimonio y este ya fue inscrito en el cnr por ejempll? Que consecuencias hay para el notario.

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21 Jul 2017 11:49 #2 por jcrodezno
Respuesta de jcrodezno sobre el tema Notarial
Muy buena pregunta.

Ojalá más colegas aporten sus comentarios. Comparto el mío.

Registralmente, considero que el tema puede resolverse a través de una rectificación de la inscripción, probando el error en el orden correlativo de las escrituras.

El problema creo que puede venir de la Sección de Notariado de la Corte, que en principio haga un llamado de atención serio o en el peor de los casos, iniciar algún proceso sancionador contra el notario.

En el caso más grave, alguien podría pensar en un delito de Falsedad Material, pues al corregir el protocolo sin corregir la inscripción registral, se altera la realidad.

Así mis humildes aportes.

Saludos.
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21 Jul 2017 14:10 #3 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Notarial
hágalo constar en el cierre del protocolo
El siguiente usuario dijo gracias: Joda

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21 Jul 2017 14:15 #4 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Notarial
no corrija la numeración porque ya entrego testimonio y esta inscrito en el CNR aclárelo en el cierre
El siguiente usuario dijo gracias: Joda

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21 Jul 2017 15:36 #5 por l.hernandez2477
Respuesta de l.hernandez2477 sobre el tema Notarial
En mì opinión el documento inscrito no puede modificarse, enmendarse, ni alterarse, pues como menciona uno de los aportes se altera la realidad registral y habría responsabilidad penal por falsedad en contra del notario.

Lo mejor es realizar la consulta a la Sección del Notariado, y le sugiero que lo haga mientras esté vigente el año del protocolo, para buscar una solución, pues debe arreglarse en el Registro mediante la rectificación y al final de la vigencia del libro, se debe hacer constar en la razón de cierre para no alterar los demás instrumentos.


Cuando uno es el del problema, no alcanza a ver una alternativa de soluciòn. En la Sección le resolverán.

Animo.
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21 Jul 2017 22:32 #6 por Joda
Respuesta de Joda sobre el tema Notarial
Pero esto pasaría siempre que la Corte lo advierta caso contrario así seguiría en el Registro en el caso sea un instrumento de inscribir.

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22 Jul 2017 01:01 #7 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Notarial
Yo creo que el punto es la legalidad del documento,si este observa los requisitos no hay consecuencias que modifiquen o anulen el documento aun cuando este tenga digamos equivocada el correlativo del protocolo pues esto no es causa de nulidad.Creo que lo que haraia la seccion seria un llamdo de atencion pues suspender o sansicionar al notario creo que no procede,pero como la Seccion tiene sus criterios.Comparto que no seria recomendable modificar el ya inscrito pues ya supero ese filtro y si lo intenta corregir podria traer problemas.

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22 Jul 2017 08:33 #8 por Joda
Respuesta de Joda sobre el tema Notarial
Gracias por su aporte.a mí un amigo ha hace algunos oños me dijo que era causal de nulidad pero al estudiar manuales de derecho notarial y la misma ley no habla de ese error como una causal de nulidad. Gracias por sus aportes.

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22 Jul 2017 11:58 #9 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Notarial
NO ES CAUSAL DE NULIDAD DEL IINSTRUMENTO YA QUE LA ESCRITURA VALE Y ESTA DEBIDAMENTE INSCRITA

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22 Jul 2017 12:05 #10 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Notarial
HAGOLO CONSTAR EN EL CIERRE
En esta fecha cierro el presente LIBRO ………………. de mi Proto¬co¬lo, ¬com¬puesto de TRESCIENTAS HOJAS ÚTILES numera¬das de la uno a la trescientos, el cual vence el día veintiocho de septiembre del año dos mil dieciséis, ha¬bién¬dose utili¬za¬do todas las ho¬jas; se inser¬taron en el mismo DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO ins¬tru¬men¬tos auto¬ri¬za¬dos y OCHO sus¬pendi¬dos, y son las escri¬tu¬ras núme¬ros: CINCUENTA Y CINCO, CIENTO VEINTE, CIENTO TREINTA Y NUEVE, CIENTO CUARENTA Y CINCO, DOSCIENTOS DOS, DOSCIENTOS DIECISÉIS, DOSCIENTOS VEINTICINCO y DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES.- Aclaro lo siguiente: Que la la escritura …..por error involuntario se consigo equivocadamente el numero ......................no se pudo corregir poruqe se entrego el testimonio y esta inscsrito en ..........................dicha numeración esta repetida pero en el instrumento .................vuelgo correlativamente la numeración correto a los treinta días del mes de junio del año dos mil dieciséis.-
El siguiente usuario dijo gracias: Joda

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22 Jul 2017 12:07 #11 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Notarial
lo anterior es un ejemplo vaya a la Sección del Notariado para hacer la consulta

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