Cual es el procedimiento. A seguir y los documentos. A presentar para Asentar por primera vez a un adulto de mas de 60 años. Agradeceré. Sus as repuestas.
Buenos días, según la Vigencia de la Ley Transitoria para Facilitar el Asentamiento de Partidas de Nacimiento de las Personas Adultas Mayores en su Art. 13.- dice que La presente ley tendrá vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial,
hasta el 20 de diciembre del año 2016. es decir que actualmente debe realizar Diligencias para establecer subsidiariamente el nacimiento de una persona, ya sea vía judicial o notarial para poder obtener el oficio o testimonio y acudir a la Alcaldía respectiva.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.