Me surge una duda de la lectura del asrt. 72 bis de la ley del servicio civil el caso es que e intentado poner una demanda de destitucion donde el hecho se cometio el 19 de octubre de 2016 y la parte demanda manifiesta que no procede porque el plazo expiro el 18 de enero de 2017.
La demanda se presento el 19 de enero de 2017, sera que aun se puede proceder o expiro el plazo.
Lamentablemente, según el tenor literal de la ley, la parte demandada estaría equivocada.
El art. 72 B claramente establece que el plazo de prescripción inicia el día siguiente al de los hechos que motivan la demanda. Así, si el hecho ocurrió el 19 de Octubre de 2016, los TRES MESES a que se refiere la Ley, vencerían el 19 ENERO 2017.
Seguramente la parte demandada esta interpretando que se trata de 90 días, en cuyo caso, el conteo cambia.
Saludos.