Una señora me preguntó -en mi calidad de estudiante- qué podía hacer ya que en primer lugar se había obtenido una sentencia favorable de divorcio y entre los previos acuerdos, se estableció la cuota alimenticia a favor de su hija, la cual el ex esposo de ella debería de pagar mensualmente cierta cantidad de dinero, el caso es que en la empresa que laboraba se le hacían los descuentos para la cuota alimenticia. Ahora, resulta que el ex esposo ya no labora en dicha empresa, y la señora se enteró de ello este mes porque no vio que se le depositara la cantidad para la niña, por lo que me preguntó qué podía hacer, a lo que contesté:
Si tiene una sentencia favorable del divorcio y se decretó cuota alimenticia a favor de la niña, usted puede ir al juzgado de familia en el que se conoció del divorcio y haga conocer al juez lo que ha sucedido, si tiene a la mano la certificación de la sentencia de divorcio mucho que mejor, pues le dice a su abogado que la incorpore a su escrito, por lo que el Juzgado librará oficios a diferentes instituciones entre ellas el ISSS para dar con el domicilio de la empresa en la que actualmente su ex esposo labora y al localizarlo, el juez librará oficio haciéndole saber al pagador de dicha empresa que su ex esposo debe pagar cuota alimenticia, decretado en un proceso de divorcio.
Mi pregunta es: ¿Está bien lo que le asesoré? Agradeceré sus respuestas.
TAMBIEN EXISTE LA EJECUCION DE LA SENTENCI CON LA FINALIDAD DE QUE PAGUE LA MORA Y CONTINUE APORTANDO
LA CUOTA
SOLO QUE ES DE CONOCER SI LE DEPOSITAN A TRAES DE PGR U OTRO LUGAR
EN PGR SE PIDE UN ESTADO DE CUENTA Y AHI DICE LA MORA