VOY AL GRANO.... EN UN PROCESO EJECUTIVO MERCANTIL... SE HA PAGADO MEDIANTE 10 PAGOS PARCIALES MAS DEL CAPITAL RECLAMADO.... Y EL EMBARGO SIGUE... EXISTIENDO RETENCION DE LA MITAD DEL CAPITAL..... PERO HACE 4 AÑOS NO SE PIDE PAGO PARCIAL.... NECESITO BASE LEGAL PARA QUE NO SE PAGUE MAS INTERESES..... IMAGINATE SON 60,000 COLONES DE INTERESES POR 50,000.00 DE CAPITAL RECLAMADO.... Y HAY RETENIDO 25,000.00 ...... QUE SE HACE ACA.... DEMASIADA INJUSTICIA PARA ESTA VIEJITA.... SE ESTA MURIENDO.... Y YA PAGO LA DEUDA
se han realizado 10 liquidaciones y por lo mismo 10 pagos parciales y cada vez se pide informe a la pagaduria, y es menos el valor que los intereses. LA DEUDA en intereses es mayor al capital. ES PROCESO ANTIGUO. APLICA LIQUIDACIONES ASI???
Por supuesto que aplica, solo es una liquidación y se paran los intereses, pida audiencia con el juez o presente un escrito su inconformidad, para que le responda con argumentos jurídicos el por que de la situación. Y ahí tiene el asidero legal.
Me interesa este tema, en que parte del código procesal civil y mercantil establece que la liquidación solo debe de practicarse una vez o en el derogado.-
En que parte establece que la liquidación es una forma de extinguir las obligaciones.-
Necesito oir opiniones.-
La liquidacion no detiene intereses (se entiende que los abonos son primero a intereses y si sobra a capital) es decir que puede llevar 1 millon de años pagando solo a intereses (por tanto si no quiere llegar a 2 millones de años debe pagar la totalidad haciendo abonos fuertes que no cubran solo los intereses).
Les hice la pregunta porque yo tengo un caso donde practique la liquidación para efecto de saber cuanto ascendia el monto adeudado, pero no cancelaron nada pues con la venta del inmueble se suponia se iva a cancelar y resulta que se saco el inmueble a subasta y no se vendio, hoy nuevamente quiero solicitar la liquidación y la juez me dice que la liquidación no se puede realizar dos veces, pues quiero apelar de esa resolución quiero fundamentar muy bien.-
muy bien ABOGADONOTARIO habla bien en el Ejecutivo Mercantil, pero TOPOGRAFICA menciona que es una simple liquidacion en el Ejecutivo Civil, la muerte salvara a esta señora.... por mi parte ya encontre la salida y hasta me devolveran 2,190.15 dolares, gracias.