Colegas en un Proceso Común Civil, en la audiencia probatoria, después de ventilarse las pruebas y escuchar los alegatos de las las parte, el Juez procede a dar por terminado la audiencia, y de acuerdo al artículo 417 del CPCM, La sentencia que deba resolver todas las cuestiones planteadas en el proceso se dictará dentro de los quince días siguientes, a la finalización de la audiencia de prueba.
Pero que sucede si el Juez dentro de la audiencia de prueba, ese mismo día dicta Sentencia, sin haber tomando los 15 días que habla la ley, para que el Juez, analizara punto por punto, las pruebas que fueron ventiladas en la audiencia, y si lo puede hacer que artículo del CPCM, lo regula, porque yo he buscado y no lo encuentro colegas.