Hola
Mi caso es q yo la semana pasada me incapacite desde el lunes hasta dia viernes 11 de marzo pero el dia sabado no me sentia bien todavia y no me presente a trabajar ni fui a pasar consulta, pase hasta el dia lunes y me dieron una semana mas cuando venia de regreso me metí un clavo en el pié y no pude ir a dejar la incapacidad y la mande cin mi mama pero ella no fué a tramitarla hasta hoy jueves 17 de marzo y cuando se presenta le dicen q ya me pasaron reporte de abandono de trabjo y q no le puede. Recibir la incapacidad. Q hago?
Ricardocamos escribió: Hola
Mi caso es q yo la semana pasada me incapacite desde el lunes hasta dia viernes 11 de marzo pero el dia sabado no me sentia bien todavia y no me presente a trabajar ni fui a pasar consulta, pase hasta el dia lunes y me dieron una semana mas cuando venia de regreso me metí un clavo en el pié y no pude ir a dejar la incapacidad y la mande cin mi mama pero ella no fué a tramitarla hasta hoy jueves 17 de marzo y cuando se presenta le dicen q ya me pasaron reporte de abandono de trabjo y q no le puede. Recibir la incapacidad. Q hago?
Es complicada su situación...
En principio en la ley, se establecen las características del abandono de trabajo. Y si usted, no hizo ni una llamada telefónica a su empleador; a él, le asiste el derecho de iniciar el proceso correspondiente.
Le sugiero que hable con su empleador y que el mismo le plantee una solución. Pero existe una gran probabilidad que no le quiera cancelar los días que no trabajo; y que no reporto su incapacidad.
Entonces usted, debe valorar la situación; ya que su obligación es informar a su empleador sobre las inasistencia a su lugar de trabajo. Y es su derecho también el justificar dichas ausencias.
lo veo dificil pero no imposible, presente su caso ante el ministerio de trabajo, desde luego aun y cuando las incapacidades no hayan sido firmadas por su empleador pero pueden serle utiles para justificar su ausencia.
es posible llegar a un acuerdo con su empleador en la sede del mt...
suerte.
Partiendo de que siempre lo van a despedir (que esta claro es lo correcto) nada pierde con intentar lo del ministerio (seria de perder algo de pena nada mas).
Buenos días.
Debemos recordar que cuando se concede una incapacidad médica, el contrato individual de trabajo se encuentra suspendido, por lo que no puede darse por terminado. En consecuencia, mientras dure la incapacidad, ningún despido (aún alegando justa causa) surte efectos legales.
Si concuerdo con lo que han dicho los colegas, en el sentido que su obligación como trabajador, era al menos haber llamado por teléfono y aclarar que por motivos logísticos no le había sido posible enviar físicamente la incapacidad. (Hoy hay cualquier cantidad de medios tecnológicos para hacer llegar una imagen, un pdf al empleador)
No obstante, aún y cuando el empleador considere ausencias injustificadas según el Art. 50 No. 12 C.T. sus faltas al trabajo, dicha excepción se pierde al momento de presentar las incapacidades médicas respectivas.
Recuerde además que, cuando la incapacidad médica es mayor a tres días, es el ISSS quien se encarga de cubrir su salario a través del subsidio.
Finalmente, debe tener claro que al momento de finalizar la incapacidad, lo más seguro es que el empleador proceda a hacer efectivo el despido.
Saludos y mucha suerte.