Estimados colegas, les comento una señora y sus dos hijos aceptaron la herencia pero me manifiesta ella que quiere poner a nombre de su hijo un carroy una moto, Que documento realizo, una Cesion de Derechos o una compraventa.
Lo que esta fuera de tu control, esta bajo el control de Dios, lo que te supera a ti, NO supera a Dios
Daré mi punto de vista espero no estar equivocada, si es herencia tetamentaria imagino el vehículo y la moto son legados que ya acepto la señora, si aún no los ha inscrito puede ceder su derecho respecto al carro y la moto, caso contario sería una compraventa la que debe elaborar. Espero otro colega con experiencia, le pueda ayudar.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
Muy buenas tardes
Tal como lo expresa malvarez, si aún no están inscritos en SERTRACEN dichos bienes muebles, la señora puede ceder los derechos de los mismos por medio de una escritura, entendiendo que la aceptación de herencia ya terminó y han sido declarados herederos definitivos, sino, se puede hacer una compraventa si los bienes muebles le quedaron solo a la señora y no a los hijos. Ella puede traspasar a nombre de uno de sus hijos dichos bienes.
lo que no me queda claro es si ya se definio que le corresponde a cada quien porque si ese era el legado que le quedo ha ella seria para mi una compra venta mas facil porque acuerdese que para hacer el traspaso en sertracen tendran que presentar la compra venta con la declaratoria de heredera en donde se le otorgan dichos bienes para poder disponer de ellos y poder enajenar o ceder como quiera las dos son perfectamente validas