Hola colegas, se me presento una situación de ultimo momento, resulta que mañana tengo una Audiencia preliminar de Familia, pero mi cliente me dijo este día que ya no desea continuar con el proceso, cuando presente la demanda presente un escrito de poder especifico, pero mi duda es que si con este escrito puedo desistir del proceso, ya que no lo contempla en la redacción del mismo, mi mandante no se presentara a la Audiencia y se supone que de acuerdo al 111 PRF, le caería una multa.
Haz un escrito en el que el desista del proceso y que te autorice a presentarlo, autenticas la firma y ya, porque si mañana no llegan las partes el proceso continua de todas maneras, es lo unico que puedes hacer, en la audiencia puedes presentarlo.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
No recomiendo que se DESISTA de un proceso en familia...
En principio y en este caso en particular por el derecho que se tutela: EJERCICIO DE LA AUTORIDAD PARENTAL, no creo que el Juez, permita el desistir de la pretensiòn...
Y si lo hiciera al cliente se le podrìa perjudicar porque de acuerdo a lo establecido en el artìculo 88 de la LPF ya no se podrìa iniciar otro proceso utilizando los mismos hechos...
Por eso sugiero ir a la audiencia, expresar que el cliente, no se presentarà a la audiencia, que desconoce el motivo; con lo cual la Juez, impondra una multa (si es de los jueces cuadrados), y procedera a señalar fecha para la realizacion de la audiencia de sentencia... y pues hacerle ver al cliente las desventajas y si aùn asì no se presenta a la audiencia de sentencia, ni se presentan los testigos, pues el juez, deberà declarar sin lugar lo solicitado, y dejarà a salvo el derecho de la parte actora de promover nuevamente el proceso.
Hola buenas tardes colegas yo tengo un caso semejante pero ambas partes quieren desistir del proceso de autoridad parental mi pregunta es yo soy el apoderado de la señora quien inició el proceso pero ya habló con el padre y ahora quiere desistir del proceso aunque ya le expliqué las consecuencias y el Papa también contestó la demanda pero como llegaron acuerdo entre ellos ambos quieren desistir mi pregunta es presente un escrito firmado por ambos donde me autorizan que desisten del proceso y autenticado y eso presento o hago un nuevo poder donde ambos me Facultan hacerlo conforme al artículo 86 del proceso fam. De ante mano gracias por sus ayuda
juan23 escribió: Hola buenas tardes colegas yo tengo un caso semejante pero ambas partes quieren desistir del proceso de autoridad parental mi pregunta es yo soy el apoderado de la señora quien inició el proceso pero ya habló con el padre y ahora quiere desistir del proceso aunque ya le expliqué las consecuencias y el Papa también contestó la demanda pero como llegaron acuerdo entre ellos ambos quieren desistir mi pregunta es presente un escrito firmado por ambos donde me autorizan que desisten del proceso y autenticado y eso presento o hago un nuevo poder donde ambos me Facultan hacerlo conforme al artículo 86 del proceso fam. De ante mano gracias por sus ayuda
Desistir de un proceso de perdida de autoridad parental??????
mmmm¡¡¡ algunos jueces no lo aceptan; precisamente por el derecho que se tutela.
Para desistir de las accciones y pretensiones debe estar expresamente facultado. No le aceptarán un escrito con firma legalizada por las partes por la obligación de comparecer por medio de procurador.
Si presento el escrito lo más probable es que se lo declaren no ha lugar.
La forma correcta es que se le nombre a usted, como abogado de ambas partes; que en dicho poder se le faculte expresamente para desistir de las acciones y pretensiones y que sus mandantes conocen lo que se establece referente a las consecuencias del desistimiento.