hola a todos

17 Abr 2011 04:02 #1 por hamy
hola a todos Publicado por hamy
alguien por ahi tendra algo de la familia romana? :unsure:

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18 Abr 2011 01:41 #2 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: hola a todos
LA FAMILIA ROMANA: PATER FAMILIAS, ESPOSA, HIJOS, CLIENTES Y ESCLAVOS.



La base de la sociedad romana fue la familia, la familia integrada de pleno en la gens, la tribu a la que pertenecía que a su vez se integraba en una sociedad formada por otras tribus formadas por familias, ramas todas ellas de un mismo árbol fuerte. La sociedad romana era clasista. Había dos clases principales de ciudadanos, los patricios y los plebeyos, los patricios eran los descendientes de aquellos patres que formaron el primer senado instituido por Rómulo al fundar la ciudad en 753 aC, y los plebeyos eran los demás, el pueblo llano que diríamos ahora, que gozaba de ciudadanía pero que tuvo que luchar duro para arrebatar a la aristocracia sus derechos. Entre los patricios también había clases, había aristócratas de linaje remontado hasta la guerra de Troya como la gens Julia a la que pertenecía Julio César y aristócratas salidos de la nobleza rural local, los que los de rancio abolengo llamaban "Hombres Nuevos" y a los que solían mirar como a inferiores. Catón ,Cicerón y Pompeyo militaron en el bando de la aristocracia ultraconservadora, los optimates, sin embargo no pertenecían a la aristocracia. Todos ellos eran considerados por los "verdaderos romanos" como Hombres Nuevos, quizá por ello sentían la necesidad de demostrar continuamente lo romanos que eran... ya se sabe que no hay peor inquisidor que el converso.

Todos los romanos pertenecían obligatoriamente a una gens, a una tribu. Si ya estaban inscritos en una en ella permanecían hasta su muerte, si eran libertos, esclavos manumitidos a los que se concedía la ciudadanía romana, eran inscritos en el registro de tribus y se les asignaba una. Como hemos visto, los romanos tenían tres nombres, el praenomen, el nomen y el cognomen, el nomen, siempre acabado en IO era el nombre de la tribu a la que pertenecían, así Cayo Julio César pertenecía a la tribu Julia, como Publio Rutilio Rufo pertenecía a la tribu Rutilia, o Publio Ovidio Nasón pertenecía a la tribu Ovidia. Había tribus de carácter aristocrático que con el tiempo habían creado una rama plebeya, pero en tiempos de César la distinción entre los nobles y los plebeyos era clara y diáfana y estaba perfectamente reglamentada en todos los aspectos.

Como base esencial de esta sociedad, la familia estaba también perfectamente reglamentada. Los romanos fueron un pueblo que amaba el orden por encima de todo y en Roma todo (menos las calles) estaba perfectamente ordenado. Cada unidad familiar constaba de un pater familias o padre de familia bajo cuya autoridad y tutela se hallaba la esposa, los hijos, los esclavos de su propiedad y los clientes, si la familia era lo bastante importante como para tenerlos.

El PATER FAMILIAS era el dueño legal del hogar y de todos sus miembros. En una sociedad patriarcal típica de la Antigüedad él era el que trabajaba para sostener la casa y tomaba las armas en caso necesario para defenderla y por tanto era la pieza sobre la que giraba toda la familia. Era él el que tenía la responsabilidad de dirigirla de manera adecuada s sus intereses no sólo dentro de la propia unidad familiar, sino de la gens a la que pertenecía y a la que estaba unida por vínculos sagrados.

El pater familias es la máxima autoridad familiar gracias a la Patria Potestad de que dispone, por la cual él es la ley dentro de la familia y todos los demás miembros deben obediencia a sus decisiones. La Patria Potestad no fue sólo un hecho jurídico reglamentado, sino, como todo en Roma, una consecuencia de la Tradición que los romanos seguían por considerarla sagrada. Gracias a ello, el pater familias tenía poder legal sobre todos los miembros de su familia además del poder que le daba ser su mantenedor económico o su representante ante los órganos políticos de Roma.

La ESPOSA romana tenía más libertad que la esposa ateniense clásica y mucha más que durante épocas posteriores. Sobre la situación de la mujer es necesario decir que las sociedades entonces eran patriarcales, es decir, su base política, económica y militar era masculina, el hombre era el que aseguraba el sustento de la familia y de la sociedad entera con su trabajo y el que la defendía con las armas en caso de guerra, por lo que su papel era preponderante. Tratar de mirar las sociedades antiguas con nuestros ojos es un error propio de mentes deficientes. Hoy la situación del hombre y de la mujer se ha equiparado considerablemente en los países de cultura occidental, lo cual es de agradecer aunque aún quede parte del camino por recorrer. Hoy la mujer trabaja, sostiene el hogar con su esfuerzo económico y ésa es la clave de su equiparación, incluso la mujer ha accedido en lo últimos años a puestos sociales antes vedados como el servicio en el ejército demostrando que es igual de capaz que un hombre a la hora de conducir un taxi, pilotar un avión o gobernar una nación. Sin embargo, nada de eso ocurría en épocas pasadas. Con sociedades inmersas en continuos conflictos bélicos, el papel del hombre dominaba, la sociedad quería hijos para cultivar las tierras y luchar contra sus enemigos y la mujer tenía un papel secundario, aunque desgraciadamente hoy en día, en pleno siglo XXI aún existen culturas como la islámica que relegan a la mujer a un papel muchísimo más degradante, convirtiéndolas en meros objetos animados sin derecho alguno.

Entre las familias aristocráticas romanas solían concertarse matrimonios de conveniencia. Toda la vida romana estaba reglamentada por contratos, incluso la relugión romana se basaba en contratos entre los dioses y los hombres, así pues, para que se celebrara un matrimonio era necesario contar con el permiso de los padres de ambos contrayentes, los matrimonios entre hermanos se consideraban crimen de incestum (incesto), bajo determinadas circunstancias los primos podían casarse. El matrimonio podía ser concertado cuando ella cumpliera 12 años y él 14, aunque para la boda formal se esperara a que ella pudiera desarrollar una vida sexual plena. Este compromiso, que encontramos en las demás culturas de la Antigüedad (el caso más famoso es el del compromiso de San José con la Virgen María) podía ser roto por cualquiera de las dos partes sin compensaciones. Durante la ceremonia del compromiso, nuestra actual "pedida de mano", el novio regalaba a la novia un anillo de compromiso y otros regalos tanto del novio como de los familiares y amigos. Puesto que normalmente el hombre aportaba al matrimonio casa y medio de subsistencia con su trabajo, la mujer aportaba una dote en dinero o bienes como tierras, joyas o propiedades pagada al marido por el padre de la novia. El mes propicio para las bodas romanas era el mes de junio, dedicado al dios Juno, el de las dos caras, con una importantísima presencia en la vida romana. La comitiva del novio, familiares, amigos y clientes llegaba a casa de la novia y allí se celebraba la ceremonia. La novia debía vestirse de una manera tradicional: una túnica especial, la tunica recta con una cinturón de lana o cingulum herculeum de doble nudo y cubierta con un velo ritual de color azafrán llamado flammeum, además iba peinada a la manera tradicional romana, con seis trenzas y una diadema de hierro. Entonces, la novia unía su mano a la del novio en la dextrarum iunctio en presencia de testigos que daban fe del hecho en el registro, después se celebraba un sacrificio y después un banquete con música y baile... No, no es que las bodas romanas se parezcan a las nuestras, es que las nuestras son una versión ligeramente actualizada de las romanas, y por supuesto, mucho más caras que entonces, claro. Tras el banquete, al anochecer, todos acompañaban en procesión a los recién casados a su nueva casa. Precediendo a la novia iba un muchacho con una antorcha encendida en el fuego de la casa del novio, al llegar, el muchacho lanzaba al aire la antorcha y al que lograba cogerla se le felicitaba ya que aquello era signo de que su vida sería larga y próspera... hoy en día lanzamos el ramo de la novia, sin duda algo menos peligroso ya que no hay peligro de chamuscarse los dedos. Una vez ante la puerta de su nueva casa la esposa untaba las jambas de la puerta con aceite y las adornaba con cintas de lana. Traspasaba el umbral como nueva señora de la casa y por ello recibía simbólicamente el fuego y el agua de manos de su marido y la custodia simbólica de las llaves de su nueva casa. Dos damas de honor, casadas por supuesto, la conducían a su nueva habitación y la preparaban mientras el marido soportaba con buena cara las bromas de sus amigos. Como todo en Roma, el matrimonio era un contrato y especificaba que su fin primordial era dar hijos a Roma, así que había que ponerse a la faena sin pérdida de tiempo.

La domina o señora ahora se ocupaba de su nueva casa, las pobres de lavar la ropa, limpiar, hacer la comida y las ricas de supervisar cómo hacían eso los esclavos. Pronto llegaban los hijos y ella debía ocuparse de las primeras etapas de su educación como Aurelia se ocupó de la del joven César, enseñando a su hijo lo que significaba ser romano. Si el esposo se ausentaba su palabra era ley dentro de la casa tanto para esclavos como para clientes. La mujer romana se sentaba a la mesa en las cenas formales con los invitados, los hombres recostados en triclinios y ellas sentadas en sillas, aunque en época de Augusto muchas ya se reclinaban en los triclinos provocando el escándalo de las señoras más tradicionales. Además tenían libertad para salir de su casa para hacer compras, visitar amigas, asistir a los espectáculos públicos, a las termas femeninas o a los templos. Mientras estuviera bajo el techo de su padre la mujer le debía a éste obediencia paternal y mientras estuviera bajo el de su marido le debía a éste obediencia conyugal. En el caso en que una mujer quedara huérfana y no estuviera casada, o si lo estaba quedara también viuda se convertía automáticamente en sujeto de pleno derecho, aunque este caso era considerado por las mujeres de aquella época no como una liberación, sino como una gran desgracia puesto que quedaban solas e indefensas.

Evidentemente no hay más que repasar la historia de Roma para encontrarnos con un gran número de mujeres excepcionales, un número enormemente superior al que encontramos en las demás culturas. ¿Por qué? muy sencillo: el sistema familiar romano era muy rígido en la práctica, y eso, paradójicamente, sirvió muy bien a las mujeres romanas. El hombre era el que mantenía la casa y además gobernaba el estado y lo defendía con las armas, lo que le ocupaba casi todo su tiempo, dejando a la mujer romana como dueña de la casa, dueña del hogar. Como en Grecia, la mujer no participaba en la política, pero a diferencia de las griegas, las romanas supieron encontrar la manera de influir poderosamente en los acontecimientos políticos. La misma idea de la dignitas romana, generalmente atribuida a los varones, las favoreció, ya que a buena parte de los hijos de la Loba no les importaba ser unos calzonazos en casa si una vez cruzado el umbral se convertían en perfectos romanos con su dignitas a buen recaudo. Así lo hicieron entre otros Cicerón, si bien los chismorreos no dejaron de correr, pero ante ciertas matronas romanas no es de extrañar que duros romanos en la batalla se convirtieran en mansos corderitos en su casa.

En un principio la mujer se hallaba bajo la autoridad casi completa del marido, pero la realidad fue imponiéndose y la situación llegó a equilibrarse durante el último siglo de la República. Baste recordar que la mujer en Europa no accedió a tal grado de libertad hasta el siglo XX. El divorcio estaba regulado legalmente, todos los matrimonios podían disolverse con el mero acuerdo de ambas partes sin más, pero había dos pequeños inconvenientes que disuadían tanto a él como a ella de dar ese paso, y era que al divorciarse él debía devolver íntegra la dote aportada por la esposa y ella perdía la tutela de los hijos. así, los sufridos romanos preferían en muchos casos no divorciarse, de ahí la mala fama que tiene el matrimonio romano, ya que llegados a esa situación lo normal es que ambos cónyuges hicieran vida "por libre", aunque eso sí, en las cenas de gala los dos esposos sonrientes cogidos de la mano atendiendo a los invitados... o sea, exactamente igual que ahora pasa en las mejores familias. Bien se ve que la herencia de Roma es eterna. El adulterio era un tema más serio ya que se consideraba no sólo deshonroso sino que era además un delito que podía llevar al destierro. De hecho Augusto tuvo que desterrar a su propia hija Julia por este motivo. En general el adulterio no se tomaba en cuenta si era consentido por el otro cónyuge y no se hacía público, coa que ocurría en la mayoría de las ocasiones. Recordemos la famosa frase de Julio César al repudiar a su esposa a consecuencia del escándalo de la fiesta de la diosa Bona: "la mujer de César no sólo debe ser decente, también debe parecerlo".

Los HIJOS estaban sujetos a la tutela paterna mientras no formaran su propia familia y se desvincularan así legalmente de dicha tutela, pero estaban sujetos a la autoridad paterna (la Patria Potestad) mientras el padre viviera debiendo guardarle respeto y obediencia. Tras el nacimiento el hijo era presentado a su padre que lo reconocía como suyo cogiéndolo en sus brazos en la ceremonia llamada sublatus. Si el padre no reconocía al niño éste podía ser abandonado para que muriera, aunque este extremo no era en absoluto frecuente, ni mucho menos. Si era niña se la adjudicaba un nombre a los ocho días del nacimiento, si era niño a los nueve días, los niños tenían tres nombres tal y como hemos visto, las niñas uno sólo. El registro oficial del recién nacido tenía lugar en el templo de Saturno en un plazo de 30 días desde su nacimiento. En los actos oficiales los hijos varones llevaban una toga praetexta ribeteada de púrpura y una bula de oro al cuello para simbolizar su pertenencia a la clase libre de ciudadanos romanos. Hasta los siete años era su madre la que se ocupaba de enseñarles, desde los siete a los catorce lo hacían en una escuela primaria donde se les enseñaba a leer, escribir y materias como la aritmética en lo que era el primer escalón educativo romano. Si la familia podía permitírselo el niño era adiestrado por un profesor contratado que le instruía en casa. Para acceder al segundo escalón de estudios sobre sobre gramática y literatura se necesitaba a un profesor particular, un gramaticus que le enseñaba latín y griego. Julio César fue adiestrado en estas disciplinas por Marco Antonio Gnifón, un gramaticus de origen galo. El tercer escalón era el aprendizaje de la retórica, generalmente enseñada por un rhetor. César completó este escalón en la prestigiosa academia de retórica de la isla de Rodas con el maestro Milón, considerado el mejor maestro de retórica de su época.

Para los varones la mayoría de edad, su ingreso en el cuerpo ciudadano con plenos derechos tenía lugar a a los dieciséis años aproximadamente y se solía realizar durante las liberalia, las fiestas de Liber Pater y Libera, el 17 de marzo. El muchacho se desvinculaba de su niñez ofreciendo la toga praetexta infantil y la bula a los dioses y se vestía con la toga virilis de color lana natural, el orgullo del ciudadano romano. Después acudía, acompañado de toda su familia, amigos y clientes, a inscribirse como ciudadano romano de pleno derecho y ofrecía un banquete para celebrar su nuevo estatus.

El nuevo ciudadano lo era porque ya podía ser soldado y defender a Roma de sus enemigos, si se le consideraba físicamente apto debía cumplir su servicio militar. En tiempos de César, tras la reforma de Mario el ejército romano era profesional y el servicio militar ya no era obligatorio pero si se quería acceder al cursus honorum (ver el capítulo correspondiente) lógicamente era necesario servir en el ejército. Los jóvenes de la aristocracia solían servir como tribunos de los soldados y ésta fue la primera vez que Julio César se presentó a unas elecciones, salió elegido y partió al Este a desempeñar su función ganando la corona civica en el sitio de Mitilene.

La prematura muerte del padre de César tuvo importantísimas repercusiones en su vida ya que no sólo quedó liberado inesperadamente de la Patria Potestad, sino que de hecho quedó automáticamente convertido en pater familias, con lo que legalmente nadie podía ponerle trabas a sus deseos.

Los CLIENTES estaban considerados como una parte especial de la familia ya que la clientela era una institución muy arraigada en la sociedad romana. Las familias importantes se vanagloriaban del número de clientes que tenían y su prestigio y poder dependían en buena parte de ellos.

Un cliente era un romano que se encontraba bajo la protección de otro. A finales de la República prácticamente todos los romanos eran clientes de otros romanos que a su vez lo eran de otros. Tito Labieno era cliente de Pompeyo como Marco Antonio lo era de César. El patrón tenía la lealtad política de su cliente y a su vez debía protegerle y ayudarle cuando lo necesitara. Se preocupaba de buscarle alojamiento si lo perdía, de encontrarle una buena esposa, se asistirle legalmente o de prestarle dinero y el cliente apoyaba todos los proyectos de su patrón votándole, asistiendo a sus fiestas, haciéndole la "pelota" al fin y al cabo. Esta situación era de gran importancia en aquella Roma, ya que las fuerzas políticas necesitaban el mayor número de clientes posible, y cuanto más importantes fueran mejor.

Los ESCLAVOS formaban parte de la sociedad romana y de todas las sociedades de aquella época, y desgraciadamente de otras épocas también. La esclavitud en aquellos tiempos era algo completamente normal, los esclavos lo eran porque habían sido derrotados en una guerra, porque habían sido vendidos por no haber podido hacer frente a las deudas, por castigo legal o simplemente porque nacían de padres esclavos. En Roma al menos tuvieron el derecho de poder comprar su libertad y de incluso ser ciudadanos romanos. Los esclavos recibían un sueldo que dependía de sus amos, como de sus amos dependía el trato que recibían, según la calaña del amo la falta se sancionaba con una reprimenda o con latigazos, el amo tenía potestad legal incluso para matar al esclavo si éste cometía una falta grave. Con el dinero ahorrado el esclavo podía comprar su libertad a su amo o bien éste, después de años de leales servicios le manumitía, es decir, le liberaba y así el esclavo, convertido en liberto podía ser inscrito en el censo de ciudadanos romanos, incluso adoptando el nomen de su antiguo dueño y convirtiéndose en cliente suyo. Los dos principales ministros del emperador Claudio, Pallas y Narciso, eran libertos, esclavos liberados. En Roma, en medio de la más espantosa situación como era la esclavitud, siempre existía la posibilidad de salir de ella, cosa que en otras culturas nunca ocurrió. Si la esclavitud es algo deplorable, algo que nos avergüenza a los que creemos en la libertad del ser humano, pensemos que aún hoy, en el siglo XXI existe la esclavitud en países como Sudán, y eso es algo ante lo que no podemos volver la vista.

En conjunto, la familia romana funcionaba como un micro universo en el que cada miembro tenía un papel definido, cada una de ellas tenía un pater familias y cada gens tenía a su líder natural. Recordemos el papel de Sexto César, primo de Julio César, siempre apoyando en todo a su primo o el de Quinto Cicerón, simpatizante de César pero incapaz de vulnerar el pacto sagrado que lo unía a su hermano mayor, Marco Tulio. Todo en Roma formaba parte de una maquinaria única en la que cada pieza, familia o gens, encajaba como un perfecto engranaje.
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18 Abr 2011 01:50 #3 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: hola a todos
Concepto y estructura

En Roma era muy distinto al nuestro en actual. Para los romanos la familia era un grupo de personas sometidas a la autoridad de un jefe o pater familias. Esta institución no se mantuvo inalterada sino que fue evolucionando y ya en época Justiniano se acercó a nuestro concepto actual. Estaba formada por:

a) Pater familias. No tenía que se padre en el sentido biológico. Cuando se alude a pater familias se hace referencia al individuo que es independiente económica y socialmente. El pater familias es sui iuris.
b) Filii familias. Tampoco tienen que ser hijos en sentido biológico porque dentro de la categoría de filii familias pueden entrar extraños que fueran adoptados y esclavos. Se caracterizan por se alieni iuris. Dentro de esta categoría entran los hijos biológicos, adoptivos, hijas y esclavos.

Una vez muerto el pater familias, la familia se divide en tantas como filius familias varones hay. Éstos mantienen los unos con los otros un vínculo que es la agnatio.


La patria potestas

Contenido personal

El poder que ejerce el pater familias sobre la familia tiene distintos nombres dependiendo de quién se trate:

a) Sobre la mujer. Se llama manus maritaris.
b) Sobre los hijos. Potestas o patria potestas.
c) Sobre los esclavos. Dominica potestas.
d) Sobre las personas que se encuentran bajo el poder del pater familias por venta o para reparar un daño. Mancipium.

Ese poder originariamente era absoluto. Podía mantenerlos, venderlos, maltratarlos e incluso darles muerte. Sin embargo, la presión social y el afecto suavizaron ese poder. A pesar de ello, en el plano legislativo el ius vitae et necis no desapareció hasta el derecho justiniano.

En concepto romano el extraño adoptado se integraba perfectamente en la familia. En cambio, un hijo propio que había sido emancipado no pertenecía a la familia a la que procedía y los hijos nacidos en matrimonio eran extraños a la familia de la madre; sólo pertenecían a la del padre.

Contenido patrimonial

El pater familias era el único que podía ser titular de derecho patrimonial. Todo lo que el filius familias adquieran por negocios que él realizara o por disposiciones de terceros a sus favor, se integraban en el patrimonio del pater familias.

Esta situación cambió cuando se implantó el régimen de los peculios. Éste era una masa de bienes o de dinero que el pater familias solía ceder al filius famitas o al esclavo para su disfrute y administración. Existían cuatro clases:

a) Peculium profecticium. Es el más antiguo. Estaba formado por bienes que el pater familias de jaba al filius familias que con frecuencia lo dedicaba al comercio o la industria. El pater familias era sierre propietario del peculium y rea revocable en todo momento. El filius familias no podía enajenar los bienes del peculio y cuando lo hacía pasaba a ser propiedad del pater familias.
b) Peculium castrense. Estaba formado por los bienes que el filius familias adquiría en el ejército. Al filius familias se le reconoció la facultad de reconocer esos bienes por testamento; más tarde también por actos inter vivos pero si el filius familias moría sin haber otorgado testamento, el peculio pasaba a ser propiedad del pater familias. En época justiniana cambió el régimen y se estableció que si el filius familias intestado se abría la sucesión legitima.
c) Peculium quasicastrense. Estaba formado por los bienes que el filius familias adquiría como funcionario de la corte imperial o en distintas funciones civiles y religiosas.
d) Peculium adventicium. Estaba formado por los bienes procedentes de la madre que adquiría tanto por herencia testamentaria como legitima. Sobre los bienes el padre tenía el peculio y la administración y más tarde se amplió el peculio porque incluían los ascendientes maternos.

En época Justiniano se modifica el régimen de los peculios. Se declaraba propiedad el filius familias todos los bienes que adquiriese de cualquier medio y de cualquier procedencia con sólo dos excepciones:

- Los bienes que adquiriese con dinero del pater.
- Los bienes que sean entregados por un tercero con gratitud al padre.

Acciones adiecticiae qualitatis

Tanto el filius familias como los demás sometidos al pater familias tenían capacidad negocial o de obrar aunque era un instrumento del pater familias de modo que todo lo adquiriera revertía en el patrimonio del pater familias.

En el antiguo ius civile cuando el filius familias en su actividad negocial contrajera deudas nunca quedaba obligado el pater familias. Sin embargo, para evitar la interjección de terceras personas que contrataban, el pretor creo unos medios que era las actiones adiciticiae qualitatis. Eran acciones añadidas que se unían a las directas que correspondían al acreedor. Las acciones son:

a) Actio quod iussu. Autoriza a reclamar al pater familias la totalidad de las deudas que pueda contraer el filius familias o el esclavo con terceros por mandato o consentimiento del pater familias.
b) Actio exercitoria. Procedía cuando el pater familias era armador o naviero y ponía la frente de la nave al filius familias o al esclavo. El pater familias responde por ellos de cualquier obligación que contraiga.
c) Actio institoria. El pater familias se hace responsable que contraiga el filius familias o el esclavo al que ha puesto al frente del comercio como institor.
d) Actio de peculio. Permite reclamar al pater familias por la deuda que contraiga el filius familias o el esclavo como consecuencia de la administración de un peculio que le haya confiado. Una vez detraído lo que deben a él por ese concepto.
e) Actio tributaria. Cuando el filius familias había destinado el peculio al comercio con el conocimiento del pater familias y después resultaba insolvente, se formaba un concurso de acreedores en donde se encontraba el pater familias y realizaban un reparto del peculio entre todos. Si el pater familias actuaba dolosamente para impedir ese concurso, el acreedor o los acreedores perjudicados podían entablar contra él al actio tributoria para reclamar al parte que le correspondiera.
f) Actio de in rem vaso. Mediante esta acción se podía reclamar al pater familias en la medida del enriquecimiento que hubiera experimentado como consecuencia de los negocios del filius familias.


Constitución y disolución del vínculo familiar

Constitución

Había distintos modos de entrar a formar parte de una familia romana:

a) Nacimiento. El que era engendrado en matrimonio por legítimo varón fuera pater o filius. Era legítimo o iustus el que nacía después de 182 días de la celebración del matrimonio y antes de los 300 de su disolución.
b) Conventio in manu. Era el acto por el que la mujer entraba a formar parte de la familia del marido rompiendo todo lazo con su familia originaria. Podía adoptar tres formas:
- Confarreatio.
- Coemptio.
- Usus.
c) Adoptio. Era el acto por el que un individuo se integraba en un familia romana al someterse como filius a la patria potestad del pater faimias. Tenía dos formas:
- Adrogatio. Cuando se trataba de un individuo sui iuris.
- Adoptio. Se trata de un individuo alieni iuris.
Primitivamente era un acto jurídico en el que el pater familias puesto de acuerdo con un tercero le vendía tres veces seguidas al filius familias. Como consecuencia de las dos anteriores manumisiones, el pater familias recobraba la potesta sobre el filius familias. Tras la tercera venta, el tercero volvía a revender al filius familias a su pater y el tercero hacía una reivindicación del filius como propio. Sin embargo, más adelante se simplificó el procedimiento. En época Justiniano para realizar la adoptio, se reunía el adoptante, el adoptado y el padre biológico y comparecía ante la autoridad judicial arar tomar apuntes del acuerdo entre el antiguo y el nuevo padre. No se exigía que l hijo prestara su consentimiento; basta con que no se opusiera. El adoptante debe ser 19 años mayor que el adoptado. En esta época existían dos tipos de adopción
- Adoptio plena. Es la que se llevaba a cabo por un ascendiente del adoptado. El filius se desligaba totalmente de su familia originaria y se hacía miembro de la nueva familia.
- Adoptio minus plena. El hijo quedaba bajo la potestad de su padre natural y adquiría un derecho de sucesión legítima sobre los bienes del adoptante.
a) Adrogatio. Implicaba la absorción de un familia por otra. El arrogado es un sujeto sui iuris surge una capitis deminutio mínima y se convierte en alieni iuris. El arrogado y los sometidos a su potestad pasaban a encontrarse bajo la potestad del arrogante que también adquiría su patrimonio.
Para la realización de la adrogatio en época primitiva se requería ciertas formalidades: previa una intervención de los pontífices se convocaban a los comicios curiados y el pontífice máximo realizaba una triple interrogación al arrogante, arrogado y pueblo.
A fines de la república cuando cae en desuso los curiados, desaparece la intervención del pueblo y se sustituye por 30 lictores. Para la adrogación era indispensable el consentimiento del arrogante y del arrogado. En época justiniana se podía realizar al adrogatio por concesión del emperador.
En esa época los efectos de la adrogación no habían sido modificados pero en ña práctica era diferente. Los bienes del arrogado mantenían como uno de los cuatro tipos de peculio y en materia de derecho sucesorio tampoco había los efectos tan radicales del derecho antiguo.
d) Legitimación. Apareció en época cristiana, era la forma de convertir a los hijos den legítimos fuera del matrimonio en unión a una concubina. Había 3 formas:
- Matrimonio de los padres.
- Concesión del emperador.
- Ofrenda a la curia. Casar a la hija con un decurión o presentar al hijo para el cargo de decurión.

Disolución

En principio la patria potesta era perpetua. Por voluntad del pater familias se podía extinguir la patria potesta por la adoptio, conventio in manu o vendiendo al hijo/a mediante mancipatio o por la noxae deditio Sin embargo, había casos en los que la patria potesta se extinguí sin la volunta del pater familias:

a) Capitis deminutio del pater familias máxima o media.
b) Capitis deminutio máxima o media del filius familias.
c) Entrada en el sacerdocio del hijo/a.
d) Desempeño de ciertos cargos públicos o la elevación a la clase patricia.
e) Por conductas inmorales del padre.
f) Emancipación. Producía una capitis deminutio mínima del hijo y era un acto por el que el hijo salía de la patria potesta del pater familias por voluntad de éste.
El procedimiento que se utilizaba era la misma que para la adoptio. Junto a esta forma surgió la emancipación anastasia que se producía por concesión del emperador y era aplicable por caso de ausencia del hijo. Justiniano exigió para llevar a cabo la emancipación la comparecencia ante la autoridad judicial estando presente el hijo. Aquí tenía varias características:
- Podía ser exigida por el hijo.
- Era necesaria la conformidad del hijo.
- El hijo mantenía los derechos sucesorios respecto al pater.
- El hijo conservaba el peculio castrense, quasicastrense y advertincio.
- La emancipación era forzosa cuando configuraba como condición en una disposición testamentaria a favor del pater.
- Era forzosa cuando el padre daba malos tratos al hijo.
Además la emancipación se podía realizar a cualquier edad y podía revocarse cuando el hijo mantuviese un comportamiento ingrato.
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18 Abr 2011 13:57 - 18 Abr 2011 14:01 #4 por abogadodeldiablo
Respuesta de abogadodeldiablo sobre el tema Re: hola a todos
Aqui un material que te puede servir...

He puesto solo las páginas respectivas al tema de dos libros y las primeras páginas para que saques los datos bibliográficos...

No hay un Cielo donde la gloria resplandezca ni un Infierno donde los pecadores se abrasen, ¡Es aquí en la Tierra donde conocemos nuestros tormentos! ¡Es aquí en la Tierra donde sentimos nuestros goces! ¡Es aquí en la Tierra donde están nuestras oportunidades! ¡Elige este día, esta hora!.
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18 Abr 2011 22:22 #5 por diegogo
Respuesta de diegogo sobre el tema Re: hola a todos
Muy buena inf

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