Delito especial Impropio

07 Sep 2019 19:07 - 11 Sep 2019 19:25 #1 por Rachaels9
Delito especial Impropio Publicado por Rachaels9
colegas, quisiera que me ayudaran a evacuar una duda, he visto que en algunos exámenes anteriores de notariado, en ciertos casos mencionan el delito especial impropio? Podría alguien ayudarme a entenderlo. Cualquier información les estaré agradecida

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

01 Oct 2019 11:30 #2 por rem01juris
Respuesta de rem01juris sobre el tema Delito especial Impropio
CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS ESPECIALES.
Delitos Especiales Impropios.Son aquellos "que tienen correspondencia con un delito común", pero su
realización por sujetos especialmente cualificados hace que éste se convierta
en un tipo autónomo distinto.
En estos casos existe un delito común subyacente que puede ser cometido
por cualquier persona, sin embargo si es cometido por alguno de los sujetos
especialmente cualificados se produce una modificación del título de
imputación derivándose hacia el delito especial impropio.
El delito especial impropio es aquel en el que aunque también se parte de un
circulo reducido de posibles sujetos activos, sin embargo, «tiene su
correspondencia con un delito común». En estos casos, existe un delito
común subyacente que puede ser cometido por cualquier persona, pero que si
se trata de alguno de los sujetos especialmente cualificados, se produce una
modificación del título de imputación derivándose hacia el delito especial
impropio.
Este tipo de delitos son aquellos en los que la calificación específica del autor
opera como fundamento de agravación. Ejemplo: la agravación de la
privación ilegal de la libertad cometida por un funcionario, empleado público,
agente de autoridad o autoridad pública (art. 290 del Código Penal)
Así como también, el delito de Peculado (art. 325 del Código Penal) cometidopor funcionario público está cualificado por el Sujeto Activo, pero si no lo
fuese esto es, si se tratase de un particular, tal Peculado no sería Atípico,
sino que el título de imputación variará al de apropiación o retención indebida
(Artículo 217 del Código Penal).
Delito de Parricidio u Homicidio Agravado (Art. 129 Numeral 1 del Código
Penal) es un delito impropio pues tiene correspondencia con un delito común
(Homicidio Simple, Art. 128 C. Pn.), se trata de un delito especialmente
calificado, es decir porque se origina de un delito común, y el parentesco
entre víctima y autor lo vuelve especial.
Características.
a) Es un delito común realizado por un sujeto especial.
b) Es un delito común atenuado o agravado por la calidad personal del sujetoagente que lo realiza. La calidad especial del sujeto agente es indispensable
para la existencia del delito.

c) Es un delito especial subordinado a uno de naturaleza común.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.194 segundos
Gracias a Foro Kunena