TESTAMENTO

09 Ago 2012 02:10 #1 por Pasante
TESTAMENTO Publicado por Pasante
Buenas noches colegas tengo una consulta, tengo un cliente que necesita legalizar un inmueble que un familiar le dejo en herencia, del cual existe un testamento en el cual aparecen como herederos universales mi cliente y a otra persona. Lo que me parece extraño es que en el testamento no describe el inmueble ni nada únicamente el notario establece que el causante deja como herederos universales en proindivisión de todos sus bienes, derechos, acciones y obligaciones transmisibles. Además el causante no tenia escrituras del inmueble ya que según mi cliente este terreno forma parte de un asentamiento y al parecer tienen un proceso pendiente en la fiscalía. Mis interrogantes son las siguientes:
1. Es válido es testamento hecho por el notario?
2. se puede seguir la prescripción adquisitiva de dominio o no es procedente por el hecho que ya existe un proceso en la fiscalía.
3. como puedo consultar en el registro la información referente a este inmueble si solo tengo la dirección

ABOGADO Y NOTARIO Autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.
- Detenemos Embargos o Lanzamientos;
- Recupero o Arreglamos Herencias;
- Realizamos Divorcios y mas.
Accion inmediata! Sea cual sea su PROBLEMA LEGAL....
WhatsApp: (503) 7718-4253


Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

09 Ago 2012 02:46 - 09 Ago 2012 02:51 #2 por live
Respuesta de live sobre el tema Re: TESTAMENTO
1- Si es válido ya el art. 952 C.C. nos da la respuesta se sucede a titulo universal al difunto en todos sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles, o en una cuota de ellos, como la miutad, tercio o quinto. Pues si fuese de un inmueble en especifico o algo mas estariamos frente a un legado y no sería una sucesión a titulo universal.

2 y 3- En el cnr puede consultar en el area de catastro (ubicación catastral sino recuerdo mal) únicamente con la dirección exacta del inmueble para que usted vea a nombre de quién está el inmuble solamente debe decir en que departamento esta ubicado el inmueble y la dirección exacta si conoce el nombre de algún colindante puede ayudarle.


Respecto a la prescripción el art. 2240 en relación al art. 2242 C.C nos establece cuales son las clases de interrupciones civiles en la que encontramos todo recurso judicial intentado por el que se pretende verdadero dueño de la cosa CONTRA el poseedor. Es decir que la acción debera ser ejercida por quien manifiesta ser dueño es por ello que para responder a su segunda interrogante lo más recomendable es averiguar en el cnr a nombre de quien esta el terreno y si esa persona ha tenido algún tipo de intervencion en ese proceso de la fiscalia algo que dudo, pero en todo caso sería de ver si el causante poseia efectivamente el uso y goce del inmueble para determinar si "corre" la prescripción, para finalizar el art. 2239 C.C. puede ayudar tambien ha aclarar alguna duda.

Espero le ayude mi aporte y a esperar el de los demás para que todos aca sigamos aprendiendo igualmente espero nos pueda relatar que tal le va.

Saludos y deseo que todo le salga bien colega.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Cieloacmg, Anónimo 77

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

14 Ago 2012 22:12 #3 por mcastillo
Respuesta de mcastillo sobre el tema Re: TESTAMENTO
Les comento algo similar que he realizado este dia en el CNR, fui a pedir una ubicacion catastral de un inmueble, y lo que me pidieron fue la direccion del inmueble (departamento, municipio, barrio o canton), y me mostraron el mapa digital que ellos tienen, luego se ubico en la parcela que le dije que era, y ahi aparecian todos los datos (propietarios, colindantes, extension, etc.), sin embargo no eran los actuales, por lo que me dijeron que tengo que solicitar algo asi como actualizacion de datos, y para ello se tiene que llevar copia de la escritura publica, NIT y DUI, y dentro de 15 dias ya te pueden dar la ubicacion catastral actualizada.
En el caso que comentas, si no tienen copia de la escritura del inmueble, la unica opcion para saber quien es el propietario es ir al CNR; ellos no tienen actualizada toda su informacion ya que en algunos departamento el programa CHAMBITA MEDIDOR no llego, y es por eso que te piden la copia de la escritura, ya que deben consultar si es la última inscrita en esa institucion.

Hay personas que son previsoras cuando hacen su testamento, decidiendo no dejar especificado los bienes inmuebles que poseen en el momento de otorgarlo, sino que prefieren que la redaccion del testamento contemple cualquier inmueble que puedan adquirir despues de la fecha del este instrumento, habiendose dado el caso que una persona tenia dos inmuebles pero cuando hizo el testamento estaba tramitando un credito para comprar otro, queriendo que ese inmueble tambien se incluyera en el testamento, por lo que tuve que hacer una redaccion mas o menos asi "los inmuebles que tenga a la fecha de mi fallecimiento le deben quedar a mi esposa ......"

Espero que te hayan ayudado mis comentarios,
El siguiente usuario dijo gracias: Guardado, Pasante, Cieloacmg

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

14 Ago 2012 23:57 #4 por Elizabeth
Respuesta de Elizabeth sobre el tema Re: TESTAMENTO
Si estoy mal que algun colega me corrija, pero en el caso del inmueble que describis, sino esta a nombre del causante(fallecido) poco o nada podran hacer los herederos, pues para poder entrar en posesion de el se necesita que haya estado inscrito legalmente a nombre del causante y no que se supusiera su posesión, si el causante no tenia un titulo real de posesion del inmueble sera dificil, sobre todo si hay otro dueño o si el inmueble esta a nombre de persona diferente. En cuanto a la validez del testamento, el notario solo actua en razón a la voluntad del causante, lo cual es valido.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

15 Ago 2012 19:09 #5 por elenasolito
Respuesta de elenasolito sobre el tema Re: TESTAMENTO
1) Si es válido. Una persona puede perfectamente comparecer ante Notario y nombrar heredero o herederos universal, es decir que todo lo que posea al momento de otorgar el testamento y posterior a este se los deja a su o sus herederos. Puedes consultar el Art. 952 C.C.

2) Antes de cualquier Diligencias de Aceptación de Herencia debes primero investigar en el CNR a nombre de quien está la propiedad, pues, si no estaba a nombre del causante qué cosa herederá la persona.

3) Puedes en Catastro ubicar el inmueble que quieras, aunque a veces no tienen actualizada la base de datos y puede servirte lo de chabita medidor a efecto de ver números catastrales.
El siguiente usuario dijo gracias: Guardado, Pasante

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

30 Ago 2012 15:09 #6 por Masterley
Respuesta de Masterley sobre el tema Re: TESTAMENTO
No se pueden iniciar diligencias de Aceptacion de Herencia sobre un bien que esta poseido de forma irregular, ya que al iniciar ese proceso la Fiscalía, se interrumpe la posesión y significa que alguien está reindinvicando su propiedad, por lo que queda fuera de la masa sucesoral...

A la orden suya
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.184 segundos
Gracias a Foro Kunena