Ayuda con un contrato para trabajadores eventuales

15 May 2013 19:53 #1 por Terquedad
Colegas, necesito me ayuden con una duda, al realizar un contrato para empleados eventuales, es decir contratación por 4 días o o menos, según el proyecto, es necesario remitirlo al MINTRAB para su resguardo pues la ley dice q se tiene 8 días para enviar la copia del acto.
Por otra parte este tipo de contrato podrá validar acciones disciplinarias como el descuento del día por no asistencia o por embriagarse en el lugar del proyecto? no es de construcción, son otros servicios de mercadeo, muchas gracias por su ayuda...

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15 May 2013 20:12 #2 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema Re: Ayuda con un contrato para trabajadores eventuales
Bueno el contrato de trabajo, hagalo cmo se acostumbra, solo que indicando que es eventual.

En la seccion de descargas encontrara modelos de contrato de trabajo que otros colegas han subido.

Que si puede poner sanciones disciplinarias? Pues de poder puede, pero estaria de mas, ya que para eso existe el codigo de trabajo, el cual establece las sanciones, y en todo caso para eso se supone que existe un reglamento interno de trabajo de la empresa (el cual desarrolla lo mismo que el codigo de trabajo), el cual deberia de preveer la existencia de trabajadores eventuales.

Entonces haga el contrato de trabajo, y si le pone sanciones o algo asi, estaria de mas e igual si no es conforme al codigo de trabajo se estara a como si nunca lo hubiera escrito.

Por el MINTRAB no se preocupe que ellos solo le reciben el contrato, ni lo revisan, de todos modos si el contrato tiene algo antijuridico, a ellos les vale, ya que en caso de acion judicial o administrativa se estara a lo que dice la ley y no lo que el contrato establece (siempre que lo establecido sea contrario a la ley o en detrimento de los derechos laborales)

Pero Julio Cesar no lo vio.
El siguiente usuario dijo gracias: Terquedad

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15 May 2013 20:44 #3 por Terquedad
Respuesta de Terquedad sobre el tema Re: Ayuda con un contrato para trabajadores eventuales
Gracias por la respuesta, entiendo q las prohibiciones u obligaciones las da el Código y demás, lo que sucede es que estas personas no son muy letrados, la empresa no posee Reglamento porque administrativamente no pasan de 10, entendería que el MINTRAB no los revisa, solo los resguarda en caso de una solicitud por parte de un tribunal, tal es la palabra seria conveniente de colocar las faltas?


Saludos...

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