Buenas noches el caso en comento es que una persona otorgo a una Cooperativa Prenda sin Desplazamiento un inmueble de su propiedad. Posteriormente la cooperativa inicio dos juicios ejecutivos y sobre el inmueble recaen los gravamenes de Prenda y dos embargos. En los juicios ejecutivos hay setencia ejecutoriada que cumplira 30 años de haberse dictado el año 2021. La cooperativa acreedora desaparecio y el dueño del inmueble lo vendio y posteriormente murio.
Cual es el trámite a seguir para el nuevo dueño del inmueble para cancelar los embargos y la prenda?
Gracias de antemano.
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Primero ver el contenido propiamente tal de la Sentencia, según el contenido de la Sentencia será el tipo de Prescripción que puede solicitarse se declare. Además es de confirmar en el CNR como aparece el bien.
El Señor es mi pastor; nada me faltará.
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