Asumo que existe un testamento donde su abuela la declara como heredera de esa propiedad. En su caso, para que ese bien pase a ser suyo debe seguir el tramite de aceptación de herencia testamentaria, el mismo se puede hacer ante notario, o vía judicial, en cualquiera de las dos vías requiere proporcionar el testamento, partida de defunción de su abuela, copias de sus documentos de identidad, se inicia una diligencia en la que el notario o juez (dependiendo la forma en que lo inicie) solicita a la Sección del Notariado de la Corte la existencia de testamento otorgado por su abuela, pasado dicho informe y en caso de ser afirmativo se continua con el trámite, se entrega un oficio que debe mandar a publicar en periódicos de mayor circulación nacional, pasado cierto tiempo presenta los ejemplares al notario o juez, y se emite la resolución que la declara heredera de los bienes que dejó su abuela.