Un saludo para todos los jurisconsultos. Mi pregunta es si se aplica la suspensión de rebeldía para un delito de homicidio simple a los tres años. Es decir, si la prescripción se activa de pues de los tres años de la declaratoria de rebeldía para que inicie el conteo. Agradeceré mucho su ayuda. Ya que tengo un cliente que en el 2001 se le imputa el delito de homicidio simple, y se supone que dicho juzgado de paz giró una declaratoria de rebeldía. Hasta la fecha han transcurrido casi 15 años. ¿Qué proceso seguir en este caso? Agradeceré su ayuda queridos abogados...