Buenas noches, lastimosamente esto es una forma muy común de las instituciones de cobro y se describen con el abuso, primero este tipo o formas de cobro están prohibidas en la ley de protección al consumidor.
Prácticas abusivas Art. 18.- Queda prohibido a todo proveedor:
Realizar gestiones de cobro difamatorias o injuriantes en perjuicio del deudor y su familia, así como la utilización de medidas de coacción físicas o morales para tales efectos;
si aun siguen estas personas realizando el cobro de manera prohibida por la ley, le aconsejo realizar la debida denuncia ante la DEFENSORIA DEL CONSUMIDOR, la denuncia la puede realizar de manera personal y online (
enlinea.defensoria.gob.sv/
)
también es prudente que si aun no ha podido estar solventes con las instituciones financieras, usted abone a sus deudas aunque no sea la establecida, para demostrar su interés de pago y segundo para efectos de su historial, lo que en algún momento podría ser de utilidad.