camposdeglenda escribió: Estimadas/os,
Necesito asesoría, tengo un hijo de 4 años y medio, esta asentado con mis dos apellidos pues el padre no estuvo presente, me podrían decir si el padre puede ahora reclamar ponerle su apellido si este tiempo no se ha acercado para nada?
Muchas gracias por sus respuestas.
Saludos,
Glenda
Si puede el padre "reclamar" ponerle el apellido. Solo se deberà acercar este señor ante Notario, con el asiento de la partida de nacimiento del hijo; y otorgar escritura de reconocimiento de hijo: No es necesario que usted, autorice que el padre reconozca al hijo.
Luego con el documento que le entregue el Notario, el padre lo presenta en el registro del estado familiar que corresponda; y se cancela la partida de nacimiento donde solo estan sus apellidos; y se asienta una nueva partida donde ya se le consigna el apellido del padre.
Este reconocimiento trae aparejada obligaciones para el padre; ya que este deberà proporcionar cantidad de dinero en concepto de cuota alimenticia. Tambien podrà solicitar un regimen de visitas, para èl y para su familia extensa (tìos, abuelos, primos paternos).
Suerte...