Ok, no si entendi bien el asunto porque el uso de la palabra CLIENTE en la exposicion del caso me confundió un poco, pero bien si entendí bien, acá el deudor será el padre, entonces en la escritura de mutuo, se puede establecer que efectivamente el padre será el deudor y que el dinero será depositado en la cuenta bancaria tal, a nombre del señor tal, para el caso la del hijo del deudor, ó simplemente en la cuenta bancaria del deudor, y despues él lo puede depositar en la cuenta del hijo, hasta todo bien.
Ahora como hacer para que figure el hijo en la escritura si esta en USA? Bueno el tendria que mandar un poder especial para que otra persona se obligue por él en calidad de deudor solidario junto con el padre o fiador del crédito; o de una sola vez puede otorgar el poder a otra persona para que pueda solicitar y adquirir esa obligación de crédito como deudor solidario junto a su padre, acá ya se entiende que el acreedor puede demandar a los dos o a cualquiera de ellos. Sino tiene documento de identidad, perfectamente el cónsul o notario salvadoreño lo puede identificar con testigos, tal como lo dispone la ley de notariado, ahora bien colega en ese poder tiene que facultar al apoderado para que trámite el nit pues es necesario relacionarlo en la escritura de mutuo, hay que recordar tambien que si no tiene dui tambien deberá facultarte para ir al RNPN a solicitar la certificación que acredite que no tiene DUI para presentarla al ministerio de hacienda y poder sacar el NIT.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.