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munraa escribió: La respuesta del primer colega es erronea. El impuesto de Transferencia no se cancela en el Registro de la Propiedad, sino en las ventanillas del Ministerio de Hacienda, en donde el Notario autorizante de la escritura, envia un oficio en donde pone del conocimiento de la administracion tributaria, que la venta genera el impuesto de transferencia del 3% sobre el exceso de 250,000 colones. Te recomendaria hacer las ventas en 4 instrumentos distintos, es decir, cada lote por $10,000, por lo que pagarias en concepto de derechos geristrales, la cantidad de $63, si es que se tiene la intencion de ahorrarse el impuesto :woohoo: , saludos
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