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beto escribió: caso concreto y real resulta que JOSE interpone una demanda ejecutiva mercantil con el codigo derogado, dicha demanda en contra de señora BOLAÑOS se emplaza se abre a prueva se dicta sentencia y se ejecutorea despues de todos los recursos hasta el de casacion, todo cuidando el debido proceso,posteriormente JOSE vende cede y traspasa el derecho que tiene en el juicio a su padre, la demandada BOLAÑOS interpone una compensacion a travez de su apoderado notese posterior a la sentencia ejecutoriada basada en un documento que no tiene fuerza ejecutiva ni es de los que menciona ley para poder embargar, OJO la demandada BOLAÑOS no se opuso a la cesion en ningun momento ni en ninguna notificacion, ya hay sentencia ejecutoriada, no hay documento con fuerza ejecutiva que pueda oponer a su favor para poder conpensar ¿pegara dicha COMPENSACION ? lo anterior a mi criterio no pero lo consulto en este foro ya que hay un juez donde se tramita el caso que esta necio que si es viable la compenacion y se puede realizar,
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