Según te entiendo, el deudor todavia no ha pagado y cayo en mora de ahi biene la demanda? no comprendo muy bien esa parte, ahora bien, el pacto de retroventa que mencionas no es exactamente una garantia del mutuo, ahi debio ser un mutuo hipotecario, no un mutuo y un pacto de retroventa, son dos obligaciones distintas. obviamente si al deudor le prestaron tal cantidad, esta genera intereses, y por lo general es de ahi que fijan el monto para el pacto de retroventa. Ahora si tu dices que la misma obligación se documento en dos instrumentos distintos, por lo que le generaron al deudor dos obligaciones, que de hecho tu sabes que es la misma. Veras si el pacto de retroventa ya vencio y el acreedor se quedo con el inmueble, ya que una vez concluido el plazo que ahi se establece, el comprador adquiere el inmueble sin restricciones y lo podría vender a quien quisiera, si ese es el caso intenta con una excepcion de pago total y presenta el pacto de retroventa, debes tener cuidado como lo planteas porq lamentablemente en ese caso, documentalmente son dos obligaciones distintas. Suerte.