mi humilde opinión:
los vicios del consentimiento pueden generar nulidad de los mismos.
el desconocimiento del otorgante sería un vicio. se podría alegar el error de hecho.
Art.1325 C.
el problema sería lo probatorio:
demostrar que tu cliente realmente no quería otorgar esa facultad,
necesitarías testigos de ello,
por ejemplo testigos que declaren que ella les había dicho que le daba poder pero no para hipotecar, sino para otra cosa, si ella no recibió el dinero, podría hasta decirse que no recibió el dinero e iniciar la acción penal por ello, por admnistración fraudulenta.
habría que ver si la firma es de ella o no.
habría que ver si es cierto que ella no sabía lo que estaba firmando... podría haber algo por ahí que te esté escondiendo... (aunque eso es difícil que te lo diga)
espero te sirva...
bendiciones