Los estudiantes de derecho no pueden procurar, los unicos capacitados son los que este autorizados como Abogados de la Republica, de ello habla y regula el Art. 67 del nuevo CPCM.-
Hace algunos años, los estudiantes de derecho que ya habian cursado las materias de procesal penal, pues podian ejercer defensas penales, pero eso ya se derogo, y actualmente en cualquier materia unicamente pueden procurar los Abogados.-
Aunque existen excepciones, que en el mismo Art. 67 CPCM se encuentran.-
bendiciones.-
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)