:laugh:
Mi estimado Bayona... Esa era una redacciòn de los divorcios que se tramitaban con el Còdigo Civil, aunque hay algunos Abogados que aùn la utilizan...
Pero logicamente los esposos que tienen hijos en comùn de alguna forma se relacionan de ahì que la frase sacramental esa: no se relacionan entre sì, de ninguna forma es poco creible...
Por eso las nuevas redacciones son: Que los esposos han dejado de hacer vida en comùn, no tratandose como esposos; y dejando de hacer una plena y permanente comunidad de vida y se relacionan todos aquellos deberes/derechos consignados en el artìculo 36 CF... Expresandose que al no cumplirse la finalidad por la cual fue constituido el matrimonio es procedente solicitar la disoluciòn del vìnculo matrimonial, decretandose el divorcio...
Se oye "màs mejor"... y parecemos Abogados "màs" actualizados...
Digo yo...