No entendi muy bien pero bueno partamos de algo, los menores que figuran en el testamento son los herederos universales del causante, entonces el legatario es un heredero a titulo singular, porque solo hereda un bien mas no representa la personalidad juridica del causante, que implica una serie de derechos y obligaciones que le pertenecian,entonces siendo menores de edad deben ser representados por su otro representante legal, osea su madre o su padre, porque no dices el genero del que testó, y a falta de ellos el procurador general de la republica, que para el caso es representado auxiliarme por el procurador de familia adjunto, hay sentencias acerca de eso, pero igual tendrias previamente que realizar dilgencias de representacion de menores, creo que asi se llaman, si fuera esto último el caso, bueno pero en sustancia solamente el heredero universal puede hacer la tradicion del legado al legatario valga la redundancia, la yacencia es para efectos de acreditar que transcurrido el plazo que debio ponerse en conocimiento al juez de que se ha abierto la sucesion, quince dias sino mal recuerdo, no se ha presentado nadie a aceptarla, entonces los unicos que pueden diligenciar la aceptacion de herencia son los herederos a titulo universal, que siendo menores deben ser representados por su madre o padre sobreviviente, o por el procurador general de la republica,,,,,,espero haberte ayudado. Es obvio que el apresurado es el legatario, pero de la yacencia no pasa colega....lo unico que podria hacer es ceder su derecho sobre el legado a otra persona nada mas, pero igual tendria esta ultima que esperar que los herederos universales acepten para concretizar su derecho materialmente.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.