Buenas señores, esperando exitos en sus actividades; pues bien recien me inicio en esto de la litis y les agradeceria muchisimo si me pueden orientar la cuestion es que s eme ha presentado el caso de que en una zona rural, cliente quiere legalizar un terreno que solo lo ha poseido durante ya unos 25 años, no tiene ningun documento que lo respalde, pero no ha tenido ningun tipo de problema por dicho terreno y todos sus vecinos dan por hecho que es de el,
ahora bien siendo que el terreno no tiene antecedente en el registro.. operaria la figura de titulo supletorio del CC,? se aplicaria lo del 471 PCYM que establece sobre las acciones posesorias? segun entiendo tendria que ir a catastro y pedir una ficha catastral y luego iniciar la solicitud a la autoridad correspondiente, luego presentar testigos y publicar edictos, ya con eso poder registralo segun la resolucion?
bueno espero me hayan entendido, espero su orientacion haber si voy extraviado con lo que pienso es

.de antemano muchisimas gracias.