Ultima vez, si ya el juez dijo que se tiene por establecido la usurpacion y ordenó su cancelación, entonces espere o lleve el oficio al rnpn, si salen con mamadas, digales que los va a demandar por desobediencia a mandato judicial, pida audiencia con el mero mero, yo ya tuve una mala pasada y llegue hasta el palomar, y me di cuenta que desde el ordenanza hasta el Director de esa institución, son unos reverendisimos pen....., (Ustedes conocen el folklor nacional), pida audiencia con el Jefe de esa miercoles, y muestrele la sentencia, prepare un escrito para pedir que se cancele ese dui, anexe la sentencia o el oficio, de preferencia los dos, y digales que le resuelvan favorablemente, sino le contestan, procede silencio administrativo positivo, se va a un proceso contencioso administrativo contra esos leguleyos, luego si la contestacion de esos seudo abogados ´pikis es negativa, agarre ese papel chuco de ,acuda a la fiscalia a presentar querella por el delito de desobediencia al mandato judicial, o acuda a la Sala de lo Constitucional a meter Demanda de Amparo por vulneracion de derechos constitucionales, para que se les quite lo HP,S( Hijos de P...) Yo no le veo lógica que le esten pidiendo semejante estupidez, como p.... una persona va a probar que su partida es de él? porqué, como y para qué? acaso el dui no se extienda de una partida de nacimiento? que el juez haya establecido la usurpación de nombre no es suficiente para que despues la persona usurpada no pueda obtener su dui?
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.