FONAT Fondo a Víctimas de Accidentes de Tránsito

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13 años 3 meses antes #38718 por Cespedes666
YO TENGO UNA OPINION CON RESPECTO...
Contribución (muy a menudo en singular: ("contribuciones") es un tributo que debe cobrar el contribuyente o beneficiario de una utilidad económica, cuya justificación es la obtención por el sujeto pasivo (ciudadano receptor) de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Contribución viene de la palabra contribuir.

La actividad administrativa se dirige a satisfacer necesidades públicas de la comunidad, considerada como un todo, pero obviamente beneficia (se lo proponga o no) a determinados individuos, en razón de su mayor riqueza, y es ésa la justificación que suele aducirse para exigírles su financiación, total o parcial, por medio de contribuciones especiales.

Las contribuciones pueden establecerse en el ámbito estatal, regional o local, pero es en este último donde alcanzan su mejor expresión y significado, porque es más fácil señalar una cuota global para poder repartir entre la población de un determinado sector municipal que en áreas superiores, ya que es en las obras y servicios municipales donde se afecta más de cerca a los ciudadanos y donde se revela el beneficio o interés más especial, con el objeto de convertirlo en punto de referencia para la tributación y el pago de las cuotas de las cargas del Estado.

La contribución es una obligación legal de Derecho Público para el sostenimiento de los gastos públicos de forma proporcional y equitativa. De acuerdo con el art. 76 Constitucional, los mexicanos están obligados a contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de la manera proporcional y equitativa que señalen las leyes; esta proporcionalidad y equidad ha sido interpretada en múltiples ocasiones por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como sinónimo de capacidad contributiva.

tributos son ingresos públicos de Derecho público que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la ley vincule en el deber de contribuir. Su fin primordial es el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su posibilidad de vinculación a otros fines.

El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario).

Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado", principalmente con el objeto de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de la libertad

Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.

En ocasiones, en la base del establecimiento del impuesto se encuentran otras causas, como disuadir la compra de determinado producto (por ejemplo, tabaco) o fomentar o desalentar determinadas actividades económicas. De esta manera, se puede definir la figura tributaria como una exacción pecuniaria forzosa para los que están en el hecho imponible. La reglamentación de los impuestos se denomina sistema fiscal o fiscalidad.

ES O NO ES PRACTICAMENTE LO MISMO....

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13 años 3 meses antes #38720 por Cespedes666
ESTAN UNAS DEFINICIONES QUE ENCONTRE... Y PUES A MI ME PARECEN LO MISMO...

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13 años 3 meses antes #38776 por frank-vane
¿¿¿?¿?¿??¿?¿????¿?¿?¿?¿?¿?¿¿?¿?¿?¿¿?¿?¿?¿?¿?¿?¿?¿?¿?¿?¿?¿?¿? $$$$$$$$$$$$$

Cespedes666 escribió: YO TENGO UNA OPINION CON RESPECTO...
Contribución (muy a menudo en singular: ("contribuciones") es un tributo que debe cobrar el contribuyente o beneficiario de una utilidad económica, cuya justificación es la obtención por el sujeto pasivo (ciudadano receptor) de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Contribución viene de la palabra contribuir.

La actividad administrativa se dirige a satisfacer necesidades públicas de la comunidad, considerada como un todo, pero obviamente beneficia (se lo proponga o no) a determinados individuos, en razón de su mayor riqueza, y es ésa la justificación que suele aducirse para exigírles su financiación, total o parcial, por medio de contribuciones especiales.

Las contribuciones pueden establecerse en el ámbito estatal, regional o local, pero es en este último donde alcanzan su mejor expresión y significado, porque es más fácil señalar una cuota global para poder repartir entre la población de un determinado sector municipal que en áreas superiores, ya que es en las obras y servicios municipales donde se afecta más de cerca a los ciudadanos y donde se revela el beneficio o interés más especial, con el objeto de convertirlo en punto de referencia para la tributación y el pago de las cuotas de las cargas del Estado.

La contribución es una obligación legal de Derecho Público para el sostenimiento de los gastos públicos de forma proporcional y equitativa. De acuerdo con el art. 76 Constitucional, los mexicanos están obligados a contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de la manera proporcional y equitativa que señalen las leyes; esta proporcionalidad y equidad ha sido interpretada en múltiples ocasiones por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como sinónimo de capacidad contributiva.

tributos son ingresos públicos de Derecho público que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la ley vincule en el deber de contribuir. Su fin primordial es el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su posibilidad de vinculación a otros fines.

El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario).

Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado", principalmente con el objeto de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de la libertad

Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.

En ocasiones, en la base del establecimiento del impuesto se encuentran otras causas, como disuadir la compra de determinado producto (por ejemplo, tabaco) o fomentar o desalentar determinadas actividades económicas. De esta manera, se puede definir la figura tributaria como una exacción pecuniaria forzosa para los que están en el hecho imponible. La reglamentación de los impuestos se denomina sistema fiscal o fiscalidad.

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El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: dora emely ventura medina

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13 años 2 meses antes #38923 por Cespedes666
Yo puse eso... por una razon. impuesto, tributo, contribucion.... al final es lo mismo porq tendremos que pagar esa "CONTRIBUCIÖN".... esa es mi postura....

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13 años 2 meses antes #38925 por Abhogado
El gobierno quiere obtener y sacar sea como sea, cueste lo que cueste más ingresos... ¿Ingresos para qué? Para pagar los bonos a los pobres empleados seleccionados detenidamente de un filtro, empleados del Órgano Judicial, de Hacienda, del ISSS y de cada institución gubernamental donde nos tratan pesimamente, abonado a esto si el gobierno quiere más dinero porque no quita el transporte a los empleados de gobernación, porque no les quita la ayuda de la canasta básica.

No nos quieran dar a tol con el dedo, al final lo que va pasar es que este fondo lo terminaran utilizando para otras cosas, y cuando lleguen a pedir la indemnización dirán... hay que hacer prestamos porque el FONAT no tiene dinero, esta institución simplemente será una excusa más para adquirir deudas externa…. Porque ahora el pago por daños a victimas de accidentes de transito correrá a cargo del gobierno. No saben el problemón en el que se han metido.

No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto

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13 años 2 meses antes #38926 por gerardlex
El cobro del Fonat, es utilizar a las victimas de accidentes de tránsito para sacerle dinero a todo aquel que tenga vehículo, pero una vez el fondo tenga el dinero las indemnizaciones nunca las pagaran y si lo hacen solo serán algunas sorteadas con fines propagandisticos, sino revisemos el articulado de la ley, que para este rubro el porcentaje es el menor, y se desvia la contribución al área de Salud, Educación Vial, préstamo a lo buseros (Compra de Chatarra) servicios que ya contribuimos con los impuestos y por poco ponen tambien para gastos inprevistos de Casa presidencial.
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

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13 años 2 meses antes #38930 por willieparedes
Entonces colegas? Actuemos nosotros! No dejemos que pisoteen nuestros derechos.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)

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13 años 2 meses antes - 13 años 2 meses antes #38935 por frank-vane
+MAS IMPUESTOS- HASTA CUANDO NOS SEGUIRAN ROBANDO SUTILMENTE.... SOLO .... -

willieparedes escribió: Entonces colegas? Actuemos nosotros! No dejemos que pisoteen nuestros derechos.


El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
Última Edición: 13 años 2 meses antes por frank-vane.
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13 años 2 meses antes #39153 por a76v43v
El detalle no es tanto el tecnicismos que si es impuesto o es contribución, el punto que yo quise dejar en claro era la posibilidad de declararse inconstitucional por algún motivo, peri si es claro y que quede dicho que legalmente que si es una contribución especial, ahora bien si se parece o no los conceptos son situaciones doctrinarias, y no jurídicas.

Con relación a lo que plantea nuestro el colega Frank vane. Manifestación!!! Hasta cuando reaccionamos si en épocas pasadas hacían y desasían con nuestros derechos , claro no es tarde, pero seria mejor retomar la posición que plantea nuestro colega willieparedes de sentarnos a estudiarla y plantear las situaciones que vulneran la constitución
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13 años 2 meses antes #39749 por M-Rodriguez
ESTO es un impuesto directo.....mas claro no puede ser

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13 años 2 meses antes - 13 años 2 meses antes #39762 por dora emely ventura medina
Considero que es una de las formas mas efectivas de pronunciarnos ... porque es a todo la POBLACION DE EL SALVADOR QUE SANGRAN CON ESE IMPUESTO, y no a un puñado de colegas profesionales. Estoy de acuerdo CON FRANK-VANE. B)

a76v43v escribió: El detalle no es tanto el tecnicismos que si es impuesto o es contribución, el punto que yo quise dejar en claro era la posibilidad de declararse inconstitucional por algún motivo, peri si es claro y que quede dicho que legalmente que si es una contribución especial, ahora bien si se parece o no los conceptos son situaciones doctrinarias, y no jurídicas.

Con relación a lo que plantea nuestro el colega Frank vane. Manifestación!!! Hasta cuando reaccionamos si en épocas pasadas hacían y desasían con nuestros derechos , claro no es tarde, pero seria mejor retomar la posición que plantea nuestro colega willieparedes de sentarnos a estudiarla y plantear las situaciones que vulneran la constitución


Salmos 15:2-5
"El que anda en integridad y hace justicia, Y habla verdad en su corazón. - El que no calumnia con su lengua, Ni hace mal a su prójimo, Ni admite reproche alguno contra su vecino. Aquel a cuyos ojos el vil es menospreciado, Pero honra a los que temen a yavé.El que hace estas cosas, no resbalará jamás".
Última Edición: 13 años 2 meses antes por dora emely ventura medina.

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13 años 2 meses antes #39764 por dora emely ventura medina
K.bien!

frank-vane escribió: =Para algunos esta EXPLENDIDO !!!!= PARA OTROS ....OTRA MANERA DE SACAR DINERO DE NUESTRO BOLSILLOS.....¨¨??

a76v43v escribió: es una contibucion especial como podemos ver a simple vista ¿pero sera viable? que pasara con todos aquellos locos que fingiran o planeran accidentes intencionales, que pasara si en toda tu vida no se hace uso pesonal es decir que nosotros lo necesitamos? que pasara si tu persona no provoca un accidente, bueno y muchas mas preguntas que pueden surgir.

aca el link para descargar documento

www.asamblea.gob.sv/eparlamento/indice-l...ito/?searchterm=None


Salmos 15:2-5
"El que anda en integridad y hace justicia, Y habla verdad en su corazón. - El que no calumnia con su lengua, Ni hace mal a su prójimo, Ni admite reproche alguno contra su vecino. Aquel a cuyos ojos el vil es menospreciado, Pero honra a los que temen a yavé.El que hace estas cosas, no resbalará jamás".

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