Las pruebas deberá ofrecerlas o presentarlas con la demanda, de lo contrario podría no ser admitida, si hay allanamiento el caso progresará bastante rápido. El problema reside en que ella quiere quitarse el apellido, tengo entendido que la Ley del Nombre no contiempla ese caso como justificante para un cambio de apellido, podría en dado caso existir una sentencia en la que se establezca que el señor no es su padre, el padre quedará liberado de cualquier obligación con ella y la dejarla fuera de una sucesión intestada en dado caso, es decir, cosas que le benefician más a él. Sin embargo, no veo que la ley contiemple el hecho de que también le sea retirado el apellido, le soy sincera, no sé si la sentencia del juez contiempla eso, pero al menos en la ley no dice nada referente al cambio de apellido cuando se impugna un reconocimiento voluntario. Podría haber cambio de apellido con seguridad, si aparejado a la impugnación del reconocimiento voluntario se presenta el reconocimiento del padre biológico, porque cambiaría un apellido por otro.
El Señor es mi pastor; nada me faltará.