Lic. Orellana, Para proceder a realizar un titulo municipal se requieren 10 años de posesión, y que carezca de antecedente inscrito en el registro correspondiente, usted mencionaba tiene 19 de poseerlo, pero que dicho inmueble tiene antecedente inscrito, por lo tanto no puede hacer esas Diligencias.
En cuanto a la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio se requiere 30 años de posesión para que le nazca el derecho a su cliente para poder iniciar el proceso respectivo, por lo tanto le faltarían 11 años aun.