Hola, buenas tardes colegas, es el caso estoy llevando a cabo un proceso civil de Nulidad de una compraventa de inmueble, el juez me previene en razón de que yo solicite ampliación de la demanda, en el sentido que me pide que presente en legal forma la solicitud de la medida cautelar de conformidad a los artículos 431, 432, 433, 436 ord. quinto, 443, 446, 447 y 451 y siguientes del CPCM, cumpliendo con los requisitos contenidos en los mismos fijando caución para garantizar el resarcisamiento de los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse al patrimonio del demandado, pero resulta colegas que mi cliente no tiene la capacidad económica como para aportar cierta cantidad de dinero, como lo establece el articulo 447 inciso primero del CPCM, y si en caso tuviera de cuanto estamos hablando, es decir cuanto es lo menos que puede ofrecer mi cliente de dinero como cuantía de la caución o habría alguna manera como justificación al Juez que mi cliente no tiene dinero para ofrecer dicha caucion. Que opinan colegas al respecto. yo lo he solicitado con el fin de evitar que el actual dueño pueda transferir el inmueble a otra persona.