Colegas se me ha presentado un caso penal de esos que dicen de vágatela, es decir por el delito de RESISTENCIA, el caso es el siguiente: según requerimiento por parte de la FGR, en la relación fáctica de los hechos está plasmada que unos agentes de PNC, le reportaron un problema de violencia intrafamiliar, por lo que se hicieron presentes en el lugar, donde fue atendido por la compañera de vida del imputado quien fue que llamo a los agentes, y que había tenido algunos inconvenientes ya que su compañero de vida andaba en estado de ebriedad y no la dejaba trabajar en el negocio, en el cual son dueños la pareja , pero que únicamente quería la denunciante que se lo retiraran del lugar, por lo que la policía procedió a intervenirlo al imputado, a quien le solicitaron que se retirara del lugar, y este molesto, les manifestó que la policía no servía para nada, y no le podían obligar a nada, y repentinamente se abalanzo contra los agentes tirándoles puñetazos y tratando de agredirles, por lo que se procedieron a su detención.
La fiscalía presenta como elementos que establecen los extremos procesales de la acción como: Acta de captura y remisión del imputado; Entrevista de los agentes captores, y prueba testimonial de los mismos agentes captores.
La fiscalía no realizo las diligencias pertinentes para la averiguación de la verdad real de los hechos, tales como, ampliar entrevista a los agentes; entrevistar a nuevos testigos que surjan de la investigación, entrevista de la testigo, y practicar inspección en el lugar de los hechos, a fin de obtener a testigos en ese sentido, entrevistarlos.
De lo anterior colegas, consideran que con solo Acta de captura y remisión del imputado; Entrevista de los agentes captores, y prueba testimonial de los mismos agentes captores, la fiscalía puede lograr que el Juez de Instrucción, ordene apertura a juicio el presente caso colegas, que opinan amigos.