No pasa nada colega, si no lo consignaste en el acta y esta ya está hasta inscrita en el CNR no ha pasado nada. No es grave (a mi criterio)
Sin embargo el problema puede resultar posteriormente cuando entregues tu protocolo a la sección de notariado, ellos te pueden prevenir. Para adelantarte a esos detalles puedes contactar al apoderado y que te deje una copia y si es posible la certificas para tenerla a la mano, manten una copia del acta de inscripción de la escritura.
Solo restá que cuando entregues el libro no te observen y si es así tu defensa será que pese a que no lo consignaste el poder no se agregó por tener facultades pendientes y muestras la copia certificada.
Si no quieres arriesgarte a eso llama a la sección de notariado o andá donde ellos y que sean ellos quienes te orienten específicamente. Hoy día lo mejor es preguntar directamente con ellos, porque opiniones tendrás muchas pero la verdadera interpretación sólo te la puede dar un colaborador de la sección de notariado. Saludos
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)