Buenos Días, alguien podría orientarme.! Es el caso que se constituyo mutuo con garantía hipotecario , donde el deudor principal dio como garantía hipotecaria un inmueble inscrito en el RPRH a nombre de la mamá quien ya falleció. El plazo ya venció y el deudor no pago la deudo, pero el acreedor no quiere ejecutar el embargo , si no pactar un nuevo mutuo a mayor plazo para darle la oportunidad al deudor que cancele y no pierda la propiedad.
Entonces la duda es, si el deudor sigue las diligencias de aceptación de herencia, en esa calidad podría otorgar una segunda hipoteca sobre el bien que sea transferido a su favor, o tendría que cancelarse la primera hipoteca antes de realizar la Aceptación de Herencia?
De antemano, Gracias por sus aportes.!!!