En junio de este año bajo la Ref: 18-2016, se declaró la inconstitucionalidad del Apartado IV, Letra C, Número 22, Punto 4, del Manual de Clasificación de cargos del Órgano Judicial, en lo relativo al requisito de edad mínima de 25 años, para optar por el cargo de Colaborador Judicial; por tanto, actualmente únicamente se está verificando el cumplimiento de los demás requisitos que señala el perfil respectivo.
Le dejo la agenda de Corte Plena, en donde se habla del comunicado de resolución sobre dicha inconstitucionalidad.-
"Nunca vayas por el camino trazado, porque conduce hacia donde otros han ido ya"