Colegas estoy llevando a cabo un proceso de Reivindicatorio de Dominio, los demandados contestaron la demanda en sentido negativo, y alegan que la demanda adolece de defectos relacionados a que el antecedente que sustenta la propiedad del inmueble, no determina de forma precisa como están divididas las porciones denominadas lotes 12,13 y 14, ya que la escritura que se presento en la demanda, expresa literalmente: que físicamente forman un solo cuerpo aunque su antecedente no lo dice.
Es decir que el propietario del inmueble debió de realizar un levantamiento topográfico que aclaré esa situación, ya que el apoderado de los demandados determina que el dueño del inmueble no puede iniciar una acción reivindicatoria, cuando carece en su antecedente de una clara determinación de sus linderos y limites de cada lote, es decir que no se puede determinar de forma física que las porciones que tienen en posesión los demandados, formen parte del inmueble que hace relación la demanda.
De lo anterior colegas, quiero aclararles que son tres lotes los que compro mi cliente, identificados como lotes 12, 13 y 14, que forman un solo cuerpo, literalmente así esta determinado en la escritura, los linderos ya están dadas, como son dos los demandados, a uno se le demanda de posesionar dos lotes, 12 y 13; y el otro un lote el 14, y la contraparte pide que se debe realizar un levantamiento topográfico, como para decirle al Juez, en que lotes están ubicados los demandados.
Colegas consideran que la parte demandada logre que se declare sin lugar la pretensión que invoca mi cliente, por las razones antes expuestas, que opinan, algún comentario respecto al tema.