cahvabogado escribió: Aunque no este descrita en la escritura?...si esta descrita la marginacion y ahi aparecen los datos
Hola, aca el problema no es si la menciono o no en la escritura; el problema es que la certificación de la partida de divorcio es un requisito indispensable que tiene que ir en el expediente matrimonial en caso de contrayentes divorciados:
Codigo de Famila
Art. 23.- Los interesados, en sus respectivos casos, también deberán presentar para ser agregados al expediente matrimonial, los documentos siguientes:
1o) El instrumento legal en que conste su edad media;
2o) Certificación de la partida de defunción de quien fue su cónyuge;
3o) Certificación de la partida de divorcio o de la sentencia ejecutoriada que declare la nulidad
del matrimonio;...
Por lo que como le dijeron antes, sino la presenta le observaran el libro...ya que no solo basta relacionar la marginacion, sino que es requisito presentar por los interesados la certificación de la partida de divorcio.
Conocí un caso muy similar al suyo, le observaron al colega el libro por ese motivo en la sección, y le permitieron subsanar solo presentando y agregando al libro la certificación de la partida de divorcio aunque no lo hubiera relacionado en el acta ni escritura del matrimonio.
Saludos.