Muy buenos días,
En cuanto a su consulta estamos frente a un procedimiento de transporte de personal de empresa, en ese sentido hay que tomar en consideración varios aspectos, el Servicio de Transporte de Personal de Empresa es un servicio Especial en el cual el Transportista a convenido en celebrar un contrato de prestación de servicios de transporte con una empresa determinada en un horario y recorrido específico no pudiéndose autorizar al empresario de transporte permiso alguno para trasladar personal a cualquier departamento con la misma unidad, en otras palabras, con la unidad de transporte que ha puesto al servicios y las órdenes de una empresa por un monto determinado, al momento de otorgar el permiso correspondiente se señala que la unidad X prestará el servicio de transporte de personal a la empresa XXXX, en el Recorrido XXX, en el horario comprendido XXXX, se entiende que dicha unidad al tener un horario y recorrido específico tiene un punto de salida y uno de llegada y que mientras no esta brindando el servicio tiene que estar por ejemplo al momento de llevar al personal en la mañana a la empresa, la unidad tienen que estar en la zona de la empresa esperando la hora de la salida del personal, ya que no se le ha autorizado para prestar otro tipo de servicio.
Yo entiendo que es bastante complicado entenderlo, pero es el criterio que hasta la fecha se mantiene en el VMT, ya que si la unidad se dedicará a prestar el servicios no solo a una empresa, sino que a varias ya entra dentro de otra categoría.
Le comento esto porque cuando fuí Gerente Legal de una empresa comercial nosotros usamos dos unidades para trasladar al personal y las dos unidades tenían detallado su recorrido y horario, pero una misma unidad no puede tener varios recorridos.
Mi sugerencia es que si el empresario desea prestar el servicio a varias empresas debe poner al servicio una o dos unidades por empresa.
Saludos y mucha suerte.
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.